Madrid, Baleares, Aragón y Asturias violan la ley al no tener registros de objetores de conciencia sobre el aborto | Sociedad
Cuatro comunidades autónomas aún no han establecido un registro de objetores de conciencia para la práctica del aborto. Este es un requisito estipulado por la ley de 2023, cuyo protocolo fue aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en diciembre de 2024. Las comunidades son Madrid, Baleares, Aragón y Asturias, de acuerdo con un informe preliminar del Ministerio de Sanidad al que ha tenido acceso EL PAÍS. Andalucía aparece en el documento como “en elaboración”, ya que no tiene el registro finalizado, pero ha sometido un decreto a audiencia pública. Asturias, en respuesta a este diario, afirma que está trabajando en uno.
Los registros de objetores de conciencia son fundamentales para organizar los servicios y permitir las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en hospitales públicos. Actualmente, son bastante escasos: el 79% de los abortos se realizan en clínicas privadas, según el informe de IVE de 2024, que la ministra de Sanidad, Mónica García, presentó ayer, el cual muestra una ligera tendencia al aumento de abortos en España.
El Ministerio de Sanidad envió una carta en julio a las comunidades instándolas a cumplir con la legislación vigente. Les comunicó la creación de un informe (en el que se basa esta información) y les advirtió que podría haber “acciones legales” si no se garantiza el acceso según la normativa.
La ley es clara, en su artículo 19: “A efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación se creará en cada comunidad autónoma y en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo”.
Un portavoz de la Consejería de Salud de la Comunidad de Madrid ha respondido a este diario, indicando que el Gobierno regional “ya está cumpliendo la ley”. “Como hemos mencionado en múltiples ocasiones, es esencial respetar el derecho por causas éticas, filosóficas, morales o religiosas del profesional sanitario o no sanitario, sin crear listas que estigmaticen la decisión de alguien, en ninguna dirección”, ha añadido, a pesar de que la comunidad sí dispone de un registro de objetores para la eutanasia.
Lo que establece el protocolo, que la mayoría de comunidades del PP están aplicando, es que el registro se utilizará exclusivamente para la gestión de recursos humanos y para asegurar la prestación de la IVE, “sin discriminación para ningún profesional”. Solo deberá incluir a aquellos que pueden intervenir directamente: médicos especialistas en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina familiar y comunitaria, enfermeras y matronas.
El acceso al registro, conforme a la normativa, estará limitado al personal encargado de la gestión y organización de recursos humanos, y “no se compartirá entre comunidades autónomas”. Además, “se garantizará la protección de datos de los objetores de conciencia”.
EL PAÍS también ha intentado contactar con las otras tres comunidades que aún no han desarrollado los registros, según el informe del Ministerio de Sanidad. Aragón y Baleares, ambas gobernadas por el PP, no han respondido sobre sus intenciones de crearlo.
Asturias, bajo la administración del PSOE, ha explicado mediante un portavoz que el decreto autonómico está en trámite, y que se están elaborando unas instrucciones “con carácter transitorio y meramente organizativo”, que detallan “el procedimiento para la recolección y anotación administrativa de las manifestaciones de objeción de conciencia presentadas por profesionales sanitarios directamente involucrados en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo”.
García se refirió el miércoles a las listas de objetores, sin mencionar a todas las comunidades implicadas: “Sabemos que muchas comunidades siguen sin cumplir con su parte. El ministerio será firme en exigir planes claros para revertir esta situación”.
La ministra sí puso de ejemplo a Madrid, donde en la última década se han practicado más de 162.000 IVE, de las cuales solo 177 se realizaron en hospitales públicos. “Esto es inaceptable, incumple la ley de 2023 y evidencia que aún queda mucho por hacer”, añadió.
En realidad, la norma no especifica dónde deben realizarse los abortos. Aunque un borrador inicial sugería que debían llevarse a cabo en centros de titularidad pública, durante su tramitación esta redacción fue eliminada. Habría sido prácticamente imposible realizar tal transferencia de prestaciones, que desde la aprobación de la primera ley del aborto han estado mayoritariamente en manos de clínicas privadas concertadas con la administración.
En el preámbulo de la nueva ley se menciona la intención de equilibrar esta situación: “Aún estamos muy lejos de garantizar que la mayoría de interrupciones voluntarias del embarazo se realicen en centros públicos. Es especialmente preocupante la diferencia territorial en el ejercicio de este derecho, dado que hay regiones en España que en los últimos años no han notificado ninguna interrupción voluntaria del embarazo en centros de titularidad pública”.
Sin embargo, en el articulado, que es lo que tiene efectos legales, se mantiene lo que establecía la norma anterior: “La prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma”. Esto incluye clínicas concertadas, siempre que el servicio sea gratuito para las usuarias.
Francisca García, presidenta de la Asociación de Clínicas de Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI), se queja de esta insistencia en priorizar a los centros públicos, algo que “no contempla la ley y genera un estigma” hacia la atención privada, que es donde se derivan la mayoría de los casos en muchas comunidades. “Tuvimos que dejar la atención pública [cuando se aprobó la primera ley en 1985] porque allí no se realizaban. Lo importante es que la mujer tenga todas las opciones disponibles y pueda actuar con libertad», señala.
Igualdad de derechos
La norma de 2023 establece que “las usuarias del Sistema Nacional de Salud tendrán acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad efectiva”. Sin embargo, esto no se cumple siempre, en parte, debido a que hay hospitales públicos que no llevan a cabo IVE, y su reorganización resulta prácticamente imposible sin los registros de objetores.
En Ceuta y Melilla (gestionadas por el ministerio), por ejemplo, no se realizan abortos en la atención pública, y al no haber centros privados, las mujeres deben ser derivadas a los de la península. Sin embargo, no son las únicas comunidades afectadas. En años recientes, cientos de mujeres han tenido que salir de sus comunidades para interrumpir sus embarazos en Castilla y León, Extremadura, Castilla-La Mancha y La Rioja, según datos recopilados por EL PAÍS. Murcia recibió una multa en 2023 por ello por parte del Tribunal Constitucional.
También han surgido situaciones como la que se conoció en 2021, cuando una médica que necesitaba un aborto terapéutico, debido a que su vida estaba en riesgo, no pudo realizarlo en el Hospital Clínico San Carlos de Madrid (público), donde ella misma trabajaba, porque no había ningún profesional dispuesto a ofrecer el servicio.
Para evitar estos escenarios, “es crucial contar con un registro”, explica María José Parejo Guzmán, profesora acreditada y catedrática de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, quien ha publicado un extenso artículo sobre el tema. “Es imperativo, por ley, que existan. La administración pública está obligada a ofrecer la oportunidad a los profesionales para practicar el aborto si otros se niegan. Sin registros, es muy complicado articularlo, porque es esencial saber en cada centro qué profesionales están dispuestos a hacerlo y cuáles no”, concluye.



