¿Es legal que el propietario te obligue a pagar la tasa de basura en Madrid?
La reciente tasa de basuras ha llegado a los hogares madrileños, generando así una serie de inquietudes tanto en propietarios como en inquilinos. Desde septiembre, este tributo se ha incorporado al recibo del agua y tiene como objetivo cubrir los gastos de recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos, en cumplimiento con la Ley 7/2022 sobre residuos y suelos contaminados para promover una economía circular.
La normativa, que fue aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, responde a la demanda de la Unión Europea de alcanzar un 55% de reutilización y reciclaje de residuos para 2025 y un 65% en la próxima década. En la práctica, todos los municipios con más de 5.000 habitantes están obligados a implementar esta tasa, que en Madrid tiene un costo promedio de alrededor de 140 euros anuales, aunque puede variar según el distrito.
En zonas como El Plantío (Moncloa-Aravaca) esta cifra puede llegar hasta los 574 euros, mientras que en áreas como Castellana (Salamanca) se sitúa en aproximadamente 385 euros.
¿Quién tiene la obligación de pagarla según la ley?
El Ayuntamiento de Madrid indica en su portal del contribuyente que el sujeto pasivo —es decir, la persona responsable del pago— es la entidad física o jurídica que se beneficie o se vea afectada por la prestación del servicio. Sin embargo, hay un aspecto relevante: si el usuario del servicio no es el propietario del inmueble, el dueño puede actuar como sustituto del contribuyente y trasladar el costo al inquilino. Esto implica que el propietario puede repercutir el importe, pero únicamente si el contrato de arrendamiento lo estipula de manera expresa.
El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es preciso: para que el arrendatario asuma el pago de tributos que afectan a la vivienda —incluyendo la tasa de basuras—, debe quedar especificado por escrito en el contrato y además, señalar el gasto anual en el momento de la firma.
Por lo tanto, si tu contrato no menciona esta tasa o si fue firmado antes de su implementación, no tienes la obligación de abonarlo. Solo será exigible en los nuevos contratos que incluyan la cláusula con el importe específico.
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Ignacio S. Calleja
Si el propietario te exige el pago de la tasa, lo primero que debes hacer es revisar el contrato. Si no cumple con ambas condiciones —mención expresa y cuantía anual—, puedes legalmente negarte a pagarla. Los expertos aconsejan notificar la negativa por escrito para dejar constancia de los motivos, especialmente si el propietario insiste en cargar el costo.
Desde diversas asociaciones de inquilinos se recuerda que no es suficiente con una cláusula general que indique que el arrendatario asumirá los impuestos, sino que debe quedar claramente detallado el importe de la tasa en el contrato.
La reciente tasa de basuras ha llegado a los hogares madrileños, generando así una serie de inquietudes tanto en propietarios como en inquilinos. Desde septiembre, este tributo se ha incorporado al recibo del agua y tiene como objetivo cubrir los gastos de recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos, en cumplimiento con la Ley 7/2022 sobre residuos y suelos contaminados para promover una economía circular.


