El Tribunal Superior de Bogotá libera a Álvaro Uribe de todas las acusaciones.


El proceso penal en contra de Álvaro Uribe Vélez, quien se convierte en el primer expresidente de Colombia condenado en más de medio siglo, ha concluido en segunda instancia de manera sorprendentemente rápida. Este martes, el Tribunal Superior de Bogotá proclamó la absolución del líder conservador en un caso que ha alterado la política colombiana a lo largo de 13 años. El 1 de agosto, una jueza condenó a Uribe a 12 años de prisión domiciliaria por delitos de manipulación de testigos y fraude procesal, penas que debía cumplir de manera inmediata en su hogar. Sin embargo, 20 días después, el mismo Tribunal Superior revocó esa decisión. Ahora, un panel de tres magistrados lo ha exonerado de los cargos de soborno y fraude procesal.

La lectura del resumen de la sentencia de segunda instancia ocupó toda la mañana del martes, donde los magistrados revisaron detalladamente los cinco hechos que llevaron a la condena en primera instancia. La sesión inició con la evaluación de los tres casos de soborno: el del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, conocido como Víctor; el del testimonio de Eurídice Cortés, alias Diana; y la declaración de Juan Guillermo Monsalve. En todos ellos, se encontraron contradicciones e inconsistencias. “No basta con la existencia de una dádiva; debe probarse la intención ilícita”, recalcó el magistrado Manuel Merchán en el caso de Monsalve.

En cuanto al caso de Vélez, el tribunal determinó que nunca sostuvo que el expresidente intentara sobornarlo para alterar su testimonio. El magistrado destacó la “mendacidad” del testigo y, por tal razón, el tribunal ordenó la investigación por falso testimonio. Merchán fue particularmente crítico en su evaluación de las pruebas usadas por la jueza Sandra Heredia, quien había emitido la condena inicial, afirmando que su fallo “incorpora hechos ajenos a la acusación, vulnerando así el principio de congruencia y el derecho de defensa”.

Entre los argumentos presentados por el Tribunal se encuentra que “el conocimiento de Uribe sobre las gestiones de Cadena [su abogado] no constituye por sí solo el delito de soborno”. Respecto a la relación entre el expresidente y su abogado, se explicó que Mario Uribe— primo segundo de Uribe y condenado por sus vínculos con el paramilitarismo— lo presentó al abogado en un encuentro carente de pruebas de delitos. “No hay evidencia de subordinación funcional ni de que el contrato de mandato penal implicara una obediencia penalmente relevante. Las interceptaciones muestran que Cadena informaba sobre gestiones ya realizadas, sin indicios de presión o inducción delictiva por parte del acusado”.

Al concluir la audiencia, el magistrado enfatizó que “algunos testigos declararon sobre hechos que desconocían, guiados por expectativas de beneficios”. Destacó que esas motivaciones son relevantes en un contexto en el que Monsalve y Vélez estaban encarcelados y tenían interés en obtener ventajas dentro de la justicia transicional. “La condena otorgó total credibilidad a testimonios adversos sin valorar intereses subyacentes, lo que indica un mercado de información”, señaló el magistrado, quien también mencionó que en el proceso se debía evaluar el interés del senador y precandidato presidencial Iván Cepeda en el resultado. “Este es un factor a considerar junto con las demás pruebas”.

Después de desvirtuar los tres casos de soborno, el magistrado pasó a analizar los dos hechos de fraude procesal donde la primera instancia concluyó que el expresidente intentó alterar el proceso. El primero está relacionado con las gestiones del abogado Cadena para que el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve se retractara de sus afirmaciones contra Uribe, alegando que había sido presionado por el senador Cepeda. El segundo caso involucra el testimonio del narcotraficante Juan Carlos El Tuso Sierra, quien también fue contactado por Cadena mientras estaba en la cárcel en Estados Unidos, con el fin de que escribiera una carta con una declaración favorable hacia Uribe. En este documento, el exparamilitar niega cualquier vínculo del expresidente con el paramilitarismo y acusa a Cepeda de manipular testigos. El Tribunal determinó que en este caso tampoco hay pruebas de que Uribe hubiera cometido algún delito, puesto que el fallo inicial “debió probar si Sierra mintió dolosamente” y que concluyó la responsabilidad del expresidente “meramente por el beneficio obtenido, sin pruebas sólidas de que la idea [de manipular el testimonio] proviniera de Álvaro Uribe Vélez”.

El expresidente Álvaro Uribe ingresa al cementerio central para rendirle homenaje al senador Miguel Uribe, asesinado en Bogotá (Colombia), el 23 de agosto del 2025.

Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, liderados por Manuel Antonio Merchán, aclararon que la sentencia en segunda instancia abarca más de 700 páginas que examinan las evidencias del caso y las consideraciones de la jueza Sandra Heredia al emitir la decisión en primera instancia. En su evaluación, desestimaron las interceptaciones telefónicas sobre las comunicaciones de Uribe en 2018. Ese año, la Corte Suprema de Justicia había ordenado interceptar al entonces congresista Nilton Córdoba Manyoma en el marco del caso del Cartel de la Toga, pero un supuesto error de digitación condujo a la escucha de conversaciones de Uribe Vélez.

Aunque la jueza Heredia había validado esas pruebas, el magistrado Merchán indicó que el tribunal decidió excluirlas. “La interceptación convierte la información obtenida en prueba ilícita, inexistente por nulidad en pleno derecho”, leyó, mientras que la sentencia inicial argumentaba que no debían ser excluidas a pesar de su origen erróneo, ya que, una vez advertido su contenido, la Fiscalía podía usarlas al señalar que revelaban posibles delitos.

Un proceso largo con una última instancia

La decisión en segunda instancia se produce dos meses después de la inusual condena a un exmandatario, quien sigue siendo una figura central de la derecha en Colombia. Si en ese momento la decisión se percibió como un fuerte impacto político, la sentencia de este martes, en medio de un ambiente preelectoral, representa un nuevo cambio significativo. Tras la condena del 1 de agosto, que impuso a Uribe 12 años de prisión domiciliaria y en una decisión poco convencional que inició de inmediato sin esperar la apelación de la defensa, el político presentó una tutela para recuperar su libertad. La justicia le dio la razón el 19 de agosto, indicando que la detención domiciliaria era “desproporcionada y vulneraba su derecho a la presunción de inocencia”. Esto representó un respiro que Uribe supo aprovechar. Horas después, reapareció en Antioquia, su departamento natal y bastión electoral, impulsando su campaña presidencial.

Con esta energía renovada, el líder del partido de derecha Centro Democrático decidió renunciar a la prescripción del caso, lo que permitía que el Tribunal decidiera hasta el 15 de octubre o lo exonerara. Su decisión contrastaba con los argumentos de la jueza Heredia, quien lo acusó de usar tácticas dilatorias y buscar la prescripción para evitar una condena, algo que él y sus abogados siempre negaron. De cualquier manera, la renuncia extendió el plazo para que el Tribunal tomara una decisión hasta octubre de 2027. Sin embargo, los magistrados resolvieron el caso notablemente más rápido en este proceso judicial que ha sido uno de los más destacados de las últimas décadas en Colombia, con varios giros en los pasados dos meses.

Con la segunda instancia decidida a su favor, queda un último camino para definir su futuro judicial: el recurso de casación, al que las víctimas del proceso han anunciado que recurrirán. Esto llevaría el caso a la Corte Suprema de Justicia, el mismo lugar donde comenzó hace 13 años. En 2012, Uribe presentó una denuncia contra el senador Iván Cepeda por manipulación de testigos, y seis años de indagaciones más tarde, el alto tribunal archivó el caso contra Cepeda para abrir uno contra Uribe Vélez. En 2020, el expresidente renunció a su curul en el Senado para evitar ser juzgado por el alto tribunal, pero con el tiempo, su caso penal ha vuelto a surgir.

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