Un tribunal paraliza la destitución del jefe de la Policía en Lleida debido a una vieja condena por acoso sexual | España
Un nuevo revés judicial para el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido suspender la resolución tomada el 16 de diciembre, donde se cesó como jefe de la Policía Nacional en Lleida al comisario Antonio José Royo Subías, tras salir a la luz que, hace 22 años, había sido condenado por acosar a una subordinada para que mantuviera relaciones sexuales con él. En un auto, adelantado por Abc y al que ha tenido acceso EL PAÍS, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Cuarta del TSJ de Cataluña concluyen que en la orden de cese “podrían existir múltiples vicios de pleno derecho y de anulabilidad”, incluyendo que se tomó sin escuchar al alto mando y con el único argumento de que su permanencia en el puesto podría generar “un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional”.
Por ello, los magistrados determinan que, mientras se resuelve el recurso interpuesto por el comisario, este regresará a ocupar provisionalmente el puesto de jefe de la Comisaría Provincial de Lleida. Sin embargo, advierten que esta medida “no implica perpetuar” su cargo y dejan abierta la posibilidad de que el Ministerio del Interior lo reemplace por otro comisario, dado que Royo fue designado de manera provisional. No es la primera vez que la justicia corrige a Grande-Marlaska por la destitución de un mando policial; en 2023, el Tribunal Supremo consideró ilegal la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid.
El comisario Royo fue cesado poco después de la publicación en diversos medios, incluido EL PAÍS, de que había sido condenado en junio de 2003 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa por acoso sexual a una agente bajo su mando en 1999 y por propinarle “un manotazo en el glúteo”. Como resultado de estos hechos, fue considerado autor de un delito de acoso sexual con el agravante de superioridad, lo que llevó a su condena a una multa de 1.080 euros y a indemnizar a la víctima con 3.000 euros. La sentencia no incluía penas accesorias de inhabilitación (este castigo no se incluyó en este delito hasta la reforma del Código Penal de 2022), por lo que el agente, que era entonces inspector jefe de la Unidad de Intervención Policial (UIP, conocidos como antidisturbios), continuó en la Policía Nacional y ascendió a comisario en 2017.
La controversia generada —que incluso llegó al Congreso y al Senado a través de preguntas por escrito y en pleno a Grande-Marlaska— motivó que, al día siguiente de conocerse la condena, el director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, el comisario José Ángel González, emitiera una resolución destituyendo a Royo y asignándolo a la Jefatura Superior de Madrid como jefe de un grupo de Seguridad Ciudadana. Según detalla el auto del TSJ de Cataluña, el número dos de la Policía justificaba su decisión por “el malestar que se ha producido en diferentes ámbitos institucionales y de la sociedad civil tras su nombramiento como responsable policial en la provincia” y argumenta que esta situación afecta al interés del servicio, pudiendo causar un desapego institucional y social que podría conllevar un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional y afectar el desempeño diario de la labor policial.
El comisario contestó a la decisión solicitando que, mientras se resolvía el recurso que presentó, se suspendiera cautelarmente la medida —debía incorporarse a su nuevo puesto en Madrid este viernes—, ya que, considerando su inminente jubilación, la ejecución inmediata del cese podría causarle “perjuicios graves y de muy difícil reparación”, ya que al momento de conocerse la sentencia podría ya estar retirado. Además, argumentaba que su destitución también le ocasionaba un “daño reputacional” que considera “esencialmente irreversible”, así como una pérdida económica considerable, dado que el puesto de jefe de la Policía Nacional en Lleida implica un complemento de 14.500 euros anuales. Desde el Ministerio del Interior, a través de la Abogacía del Estado, afirmaban que esos daños “irreversibles” no existían y insistían en que suspender el cese vulneraría la “potestad” de la Dirección General de la Policía para “autoorganizarse”.
Los tres magistrados han fallado a favor del comisario Royo, al considerar que su cese no se produjo “en el marco de un procedimiento de carácter disciplinario/sancionador, ni tampoco por ningún hecho actual y presente que ponga de relieve un riesgo en el desempeño de sus funciones”. También insisten en que una decisión de esta índole “exige ciertas cautelas y garantías”, las cuales no se habían cumplido, incluida la de escuchar en audiencia al afectado. La resolución judicial critica que la decisión del Ministerio del Interior se base en “formulaciones genéricas” sobre la afectación al prestigio de la Policía, pero no concreta “qué hechos operativos, incidencias del servicio o razones funcionales concretas hacen imprescindible” el cese. De hecho, señala que esta falta de motivación “es un vicio que podría dar lugar a la nulidad de la resolución administrativa”.
El auto también critica que la resolución del ministerio no haya considerado la sentencia de 2003 que condenó al comisario Royo por acoso sexual, limitándose a mencionar las recientes informaciones periodísticas que dieron lugar a su cese. En este sentido, recuerda que “la posible cancelación y consiguiente olvido de los antecedentes penales es un derecho que el Código Penal concede a todos los penados y que se encuentra íntimamente ligado con la orientación constitucional de nuestro sistema penológico hacia la reinserción social”. Asimismo, subraya que el hecho de que el Ministerio del Interior no considerara esa antigua sentencia al acordar su nombramiento revela que el cese fue, en realidad, “una reacción coyuntural” al revuelo mediático que se generó.
La resolución judicial destaca, además, que Royo tiene “un extenso expediente profesional de 41 años de servicio, con numerosas felicitaciones públicas (más de 80), condecoraciones y destinos de alta responsabilidad internacional como Consejero de Interior en la embajada de España en Argel, sin ninguna incidencia, disciplinaria o no,” por lo que los magistrados no ven riesgo en que desempeñe las funciones de jefe provincial de la Policía Nacional en Lleida. En efecto, recalcan que “la propia resolución de cese no identifica problemas de seguridad ciudadana, fallos operativos, pérdida de coordinación o conflictos internos concretos, sino solo una afectación de imagen”.



