El Tribunal Constitucional se enfrenta a un caso inédito: decidir si establecer un plazo para que el Gobierno presente los Presupuestos.
El Tribunal Constitucional se enfrenta a una solicitud complicada debido al reciente conflicto de atribuciones surgido entre el Senado y el Gobierno, relacionado con la no presentación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2026. Se solicita que se establezca un plazo para que se realice este trámite. El Pleno del Senado decidió el pasado 22 de octubre iniciar este conflicto, a exigencia del Partido Popular, que tiene mayoría absoluta en la Cámara Alta, con la intención de presionar al Ministerio de Hacienda para que presente los Presupuestos correspondientes a este año.
La Cámara Alta, al respaldar nuevamente una iniciativa del PP, sostiene que la falta de entrega dentro del plazo del Proyecto de Ley de PGE de 2026, así como el «uso indefinido» de la prórroga presupuestaria, constituyen una violación de varios artículos de la Constitución. En específico, hace referencia a los artículos 1.3, 66.2, 134, apartados 1, 2, 3, 4 y 5, 23 y 99.2.
Según se detalla en un comunicado, se está incumpliendo la obligación constitucional de elaborar y presentar anualmente el Proyecto de PGE, tal como se establece en los artículos 134.1 y 3 de la Constitución Española (CE). Este incumplimiento resulta en que «las Cortes Generales no pueden ejercer su competencia en materia presupuestaria, conforme a los artículos 66.2 y 134.1. Esto limita la capacidad del Parlamento para modificar el texto, proponer alternativas y, en última instancia, aprobar o rechazarlo. Asimismo, esto vulnera el artículo 23 de la Constitución, ya que se restringe la participación de los senadores en la función presupuestaria.»
Además, el Senado considera que el Gobierno está utilizando de manera «abusiva» la prórroga presupuestaria, en contraposición al artículo 134.4, lo que también implica una violación del principio de anualidad establecido en el artículo 134.2. Igualmente, las modificaciones presupuestarias que se están implementando en las cuentas públicas de 2023, las cuales han sido prorrogadas sin la intervención del Parlamento, representan una violación directa del artículo 134.5 de la Constitución.
Por otro lado, el Senado identifica un vínculo entre la falta de aprobación de los Presupuestos y la pérdida de confianza parlamentaria que se otorgó durante la investidura, lo que podría impactar en el artículo 99.2 de la Constitución. Desde la perspectiva del Senado, los casos de 1995 y 2019, en los cuales Felipe González y Pedro Sánchez se vieron obligados a adelantar las elecciones por no conseguir aprobar sus presupuestos, son ejemplos de una «convención constitucional».
¿Qué ocurre si el Gobierno vulnera la Constitución?
En este contexto, el Senado pide al Tribunal Constitucional que declare que el Gobierno ha infringido estos preceptos y, como consecuencia, que «declare la inconstitucionalidad y nulidad» de las diversas prórrogas presupuestarias. Además, solicita que se pronuncie «sobre las situaciones jurídicas generadas a raíz de esa vulneración competencial y que se establezca un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su deber constitucional en materia presupuestaria«.
Si el tribunal de garantías acepta esta solicitud, ¿qué impacto podría tener? «El tema no es fácil de establecer porque no existen precedentes claros que se puedan aplicar a este caso», aclara Agustín Ruiz, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada, en comentarios a este medio.
En este sentido, el experto menciona la negativa en 2016 del Gobierno de funciones de Mariano Rajoy a presentarse al control del Congreso, que requería la comparecencia del ministro de Defensa en funciones para informar sobre acuerdos adoptados en una reunión de ministros de Defensa de la OTAN.
Dos años más tarde, el Tribunal Constitucional falló a favor del Congreso (STC 124/2018, de 14 de noviembre) y determinó que «el criterio del Gobierno expresado en el oficio del Ministerio de la Presidencia de 10 de marzo de 2016 vulneró la atribución que el artículo 66.2 CE confiere al Congreso de los Diputados». En ese caso, añade Ruiz, «no se le ordenó comparecer, en parte porque en el momento de la sentencia, Pedro Sánchez ya era el presidente del Gobierno».
Aplicando esta doctrina al contexto actual y con el mandato claro del artículo 134.3, el catedrático opina que el Constitucional podría declarar que el Gobierno ha vulnerado la atribución constitucional del Senado en cuanto a su participación en la aprobación de los PGE, conforme a los artículos 66.2 y 134.1 de la CE.
Aunque no considera viable que el Constitucional ordene al Gobierno presentar nuevas cuentas públicas –el artículo 75 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional «no le otorga claramente esta facultad»–, sí cree que el TC puede establecer un plazo máximo para que el Gobierno cumpla con su obligación constitucional en materia de presupuestos. No obstante, no espera que una posible sentencia «llegue a tiempo para que dicha orden sea efectiva». «Lo veo poco probable», añade en declaraciones a Público.
Es «improbable» que el TC fije un plazo máximo
En este sentido, Miguel Revenga, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Cádiz, también considera posible que el TC declare que el Gobierno está incumpliendo la Constitución al eludir su obligación de presentar la ley de Presupuestos y, con ello, impida al Senado debatirla.
Sin embargo, según su perspectiva, «tendría efectos políticos muy negativos, pero jurídicamente, una declaración de este tipo nunca podría convertirse en una obligación de actuar; es decir, no resultaría en la obligatoriedad inmediata de presentar el proyecto».
De hecho, si se llegara a declarar la infracción de la Constitución, «estaríamos ante una inconstitucionalidad por omisión, figura que no existe en nuestro diseño de control». Por lo tanto, considera «muy improbable que el tribunal se atreviera a señalar un plazo de cumplimiento». «Sería la primera vez que sucediera algo así», concluye.
Más allá de los efectos de este asunto, José Manuel Vera Santos, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos, respalda la solicitud del Senado. «Está en su derecho de formular un conflicto de atribuciones y, de hecho, tiene argumentos válidos».
En esa línea, destaca otra perspectiva: el derecho ad officium, en referencia a la facultad de un parlamentario de llevar a cabo sus funciones como representante público, ya que «se limita su capacidad de ejercer su labor». Por ende, considera que el Congreso también debió haber planteado un conflicto de atribuciones en este sentido «por respeto a su propia dignidad».
Esta nueva demanda se añade a la docena de conflictos de atribuciones planteados por el Senado contra el Gobierno y el Congreso en esta legislatura. Hasta ahora, se han tramitado al menos nueve, según indican fuentes de la Cámara Alta. Hasta la fecha, la Corte de garantías ha aceptado los recursos relacionados con el supuesto veto a la reforma para reducir penas a etarras (contra el Congreso), por la modificación en la Cámara Baja de la ley de eficiencia jurídica mediante corrección de errores (contra el Congreso y el Gobierno) y por la negativa a enmiendas del Senado a la ley de cadena alimentaria (también contra ambas instituciones).



