Facua presenta una queja contra el festival Brava Madrid por prohibir la entrada de comida y bebida del exterior.
MADRID 27 Ago. (EUROPA PRESS) –
Facua-Consumidores en Acción ha interpuesto una denuncia ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz contra la empresa Festival Brava Madrid AIE, organizadora del festival Brava Madrid que se llevará a cabo el 19 y 20 de septiembre en el recinto ferial de este municipio madrileño, por restringir la entrada al recinto con alimentos y bebidas del exterior.
La asociación ha informado en un comunicado que en la página web del evento, específicamente en la sección de ‘Info importante’, se indica que «en el recinto de conciertos del festival no se permite introducir ni comida ni bebida», y que habrá «puestos de comida y barras donde se podrá adquirir comida y bebida» en diferentes áreas del recinto.
«Esta restricción no responde a la necesidad de garantizar la seguridad o la higiene dentro del festival, ni a ninguna otra razón objetiva, sino que tiene motivaciones económicas y busca maximizar beneficios, obligando a los consumidores a comprar productos dentro del parque a precios significativamente más altos que los que podrían encontrarse en el mercado, limitando su libertad de elección y causando un daño económico», ha advertido.
En su denuncia, Facua ha indicado que la actividad principal de esta empresa es la organización de eventos recreativos, específicamente la realización de conciertos, por lo que el servicio de restauración es «una actividad complementaria, que no se incluye en el precio de la entrada para el servicio contratado por los usuarios».
«La prohibición de entrar con comida y bebida del exterior resulta ser una imposición indirecta de servicios adicionales no solicitados, así como una restricción de los derechos de los usuarios y un desequilibrio en las relaciones contractuales en desventaja del consumidor. Comer y beber dentro del recinto está permitido, pero solo si los alimentos se adquieren internamente», ha afirmado.
Facua ha señalado que el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que «se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas de forma individual y todas aquellas prácticas no consentidas explícitamente que, en contravención de las exigencias de la buena fe, ocasionen un desequilibrio significativo de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».
«CLAÚSULA ABUSIVA»
La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) –actualmente Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)– publicó en 2016 un informe sobre este mismo tema, relacionado con la prohibición en cines, en el que determinó que existía una «cláusula abusiva al privar al consumidor de la prestación principal, de manera injustificada, tras haber pagado la entrada, basándose en una limitación impuesta unilateralmente sobre un servicio adicional no solicitado y considerando que la actividad principal de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida».
Además, el artículo 50 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, clasifica como infracción «la realización de transacciones en las que se impongan injustificadamente al consumidor condiciones, recargos o cobros indebidos, prestaciones accesorias no solicitadas o cantidades mínimas, así como la negativa a aceptar los medios de pago legalmente admitidos o ofrecidos».
Ante esta situación, la asociación ha instado a los afectados por esta «cláusula abusiva» a presentar reclamaciones contra la promotora del festival Brava Madrid y les ha recordado que «pueden acercarse a la asociación para hacer valer los derechos que les asisten como consumidores».
«Llamamos a las autoridades de consumo locales y autonómicas a iniciar expedientes sancionadores por las infracciones que pudieran cometer, conforme a lo denunciado, para proteger los derechos de los usuarios», ha enfatizado.



