El caso Plus Ultra volverá a ser tratado en la Audiencia Nacional.


El Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid se inhibirá en favor de la Audiencia Nacional en la investigación sobre si el rescate público de la aerolínea Plus Ultra fue utilizado para el lavado de dinero proveniente de la corrupción venezolana. Según fuentes jurídicas consultadas por ABC, la causa de esta inhibición se debe a que los tribunales madrileños consideran que la competencia recae en el tribunal especial, dado que se investiga delitos cometidos en el extranjero.

Las dudas sobre qué órgano debe encargarse de la investigación han perdurado por un tiempo. La causa, que se encuentra bajo secreto, tuvo un giro significativo a mediados de diciembre de 2025, tras la operación policial que resultó en la detención del presidente y del consejero delegado de la compañía, Julio Martínez y Roberto Roselli. Ambos, junto al tercer detenido, el empresario Julio Martínez Martínez, amigo del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, fueron puestos en libertad con medidas cautelares.

Más de un mes después de dichas detenciones, y con las festividades navideñas de por medio, la jueza titular del 15, Esperanza Collazos, decide no continuar con la instrucción y devuelve el caso a la Audiencia Nacional.

Cabe mencionar que en un auto del 13 de diciembre de 2024, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional había acordado que el asunto siguiera en el juzgado madrileño, a pesar del intento de la Fiscalía Anticorrupción de que el caso se investigara en el Juzgado Central de Instrucción número 2, que dirige Ismael Moreno, el juez del caso Koldo.

La postura de la Fiscalía

En ese auto, se expuso que Moreno consideraba que la Audiencia Nacional no era competente porque los supuestos delitos no se habían cometido en su totalidad en el extranjero. En cambio, el Ministerio Público argumentó que sí era un asunto para la Audiencia Nacional debido a que se investigaba a una organización criminal establecida en Francia, Suiza y España, compuesta por «personas extranjeras, nacionalizados españoles y al menos un abogado español involucrado en actos de blanqueo en los tres países, siendo los fondos ilícitos provenientes de malversación por parte de funcionarios públicos en Venezuela».

Anticorrupción añadió que la organización tenía vínculos en España, lo que entraba en el ámbito de competencia de la Audiencia Nacional, considerando que en la denuncia del Ministerio Público se mencionaba el uso indebido de fondos públicos españoles, refiriéndose a los 53 millones del rescate de la aerolínea.

Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional indicó que la denuncia de la Fiscalía se centraba principalmente en operaciones de blanqueo de fondos procedentes de malversaciones en el extranjero y solo hacía referencia de manera tangencial al rescate de Plus Ultra. Así, recordaba que el Juzgado de Instrucción número 15 había investigado dicho rescate, el cual fue archivado provisionalmente, y por lo tanto, este era el órgano competente. Instó al Ministerio Público a informar a ese juzgado sobre los nuevos hechos investigados para que este decidiera si reabriría la causa o si nuevamente declinaría la competencia a favor de la Audiencia Nacional.

Además, recordó a Anticorrupción que el delito de blanqueo «no está entre aquellos que determinan la competencia de la Audiencia Nacional, salvo que esté relacionado con alguno de los establecidos en la norma que regula la competencia de este tribunal especial -el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial-«.

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