seguirá vigente su orden de arresto
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El Tribunal Constitucional (TC) no acelerará el regreso de Carles Puigdemont. Según informó LA RAZÓN, el Pleno de la entidad presidida por Cándido Conde-Pumpido no aceptará la solicitud del expresidente de la Generalitat para que se suspenda cautelarmente la orden de detención y prisión vigente en su contra, emitida por el magistrado del Tribunal Supremo (TS), Pablo Llarena. Esta semana, el Pleno planea respaldar la ponencia presentada por la magistrada Laura Díez, que concluye que adoptar tal medida significaría adelantar la resolución del recurso de amparo de Puigdemont (que busca anular en el TC la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía) e «interferir» en la labor jurisdiccional del Supremo, además de sacrificar el interés general en la persecución penal de los delitos que investiga el instructor del caso del «procés».
Así, el líder de Junts enfrentará la misma situación que Oriol Junqueras, quien aún sufre la pena de inhabilitación que le impide presentarse a elecciones hasta 2031, y a quien la corte de garantías también le negó la suspensión cautelar de dicha condena por razones similares. Ambos, junto con los demás condenados a la misma pena y los que se encuentran en el exilio, esperan que el TC resuelva sus recursos de amparo, cuya decisión se anticipa para antes de marzo.
El veredicto del TJUE, crucial
El Tribunal Constitucional desea primero escuchar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en las próximas semanas determinará si la Ley de Amnistía está en conflicto con el derecho comunitario. Si Luxemburgo permite la controvertida ley en Europa, se considera que el TC aprobará los amparos, rechazando los argumentos del Tribunal Supremo para negarse a amnistiar la malversación relacionada con el «procés», al observar un enriquecimiento patrimonial por no haber costeado de su propio bolsillo, sino utilizando fondos públicos, el desafío soberanista en Cataluña.
Sin embargo, por el momento, ese nuevo conflicto entre el TC y el Supremo—tras anular las condenas por el fraude de los ERE a los ex presidentes socialistas de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves—no se llevará a cabo. El borrador de la resolución de la magistrada Laura Díez subraya que suspender la orden de detención de Puigdemont (mientras se decide sobre su amparo) «constituiría una interferencia directa en la función jurisdiccional del Tribunal Supremo», una «perturbación» y una «injerencia» en sus decisiones. Por lo tanto, considera que dicha decisión es «injustificada en un proceso penal abierto» y vinculado a «hechos muy graves».
Los perjuicios, por su «propia conducta»
Acceder a la solicitud del líder independentista, se argumenta, pondría en riesgo el interés general en relación con la «eficacia de la jurisdicción penal y la investigación de las conductas imputadas», un interés que «debe prevalecer» sobre los perjuicios alegados por la defensa de Carles Puigdemont, que está a cargo del abogado Gonzalo Boye.
El político catalán argumenta que mantener la orden de detención en su contra vulnera su derecho a la libertad personal y a la libre circulación por el territorio de la Unión Europea, así como su derecho a la representación política (es diputado del Parlament). Sin embargo, la ponencia rechaza que intente justificar la suspensión basándose en los perjuicios de la orden de detención, ya que esta se origina por su «propia conducta procesal», al evadir la acción de la Justicia española huyendo.
Puigdemont también citó el respaldo del TC a la Ley de Amnistía y se quejó de que la interpretación del Supremo para negarle la amnistía es «irrazonable» y no se ajusta al espíritu de la ley. Sin embargo, la ponencia opta por no entrar en este debate, ya que aclara que esto implicaría «realizar un juicio previo» sobre el objeto de su recurso de amparo, lo que anticiparía el fallo.



