Propietarios de una o dos casas no estarán sujetos a las medidas contra desahucios en el nuevo marco social | Vivienda | Economía
El Gobierno ha decidido dividir el decreto ómnibus que fue rechazado recientemente en el Congreso en dos partes, con el fin de asegurar la revalorización de las pensiones en un lado y, por otro, las medidas dirigidas a mantener el escudo social. En este segundo grupo se incluyen asuntos relacionados con la vivienda, aunque con algunas modificaciones respecto al texto original. Las principales han sido anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes finalizada la reunión del Consejo de Ministros. La más relevante —que ya había sido anticipada por el PNV antes de que concluyera la reunión— implica excluir de las medidas antidesahucios a los propietarios que posean una o dos viviendas. La suspensión de los desalojos tampoco se aplicará cuando el arrendador se encuentre en una situación de vulnerabilidad.
Con este movimiento, el Ejecutivo busca ganar el apoyo de los nacionalistas vascos que habían solicitado una excepción para los pequeños propietarios como condición para certificar su respaldo. Es decir, en estos casos, aunque el inquilino esté en una situación de vulnerabilidad, el propietario no tendrá que asumir la suspensión extraordinaria del desalojo.
El Ministerio de Vivienda defiende que el nuevo marco mantendrá el escudo que protege a los inquilinos sin alternativa habitacional que, por razones imprevistas, no pueden hacer frente al pago del alquiler. Esta ha sido una demanda reiterada por distintos colectivos de afectados desde que se aprobó la moratoria antidesahucios por primera vez durante la pandemia. La última prórroga expiró el pasado 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que podrían reanudarse 60,000 desalojos si no se aplica una nueva extensión.
El departamento dirigido por Isabel Rodríguez aclara que las personas propietarias de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) cuyos inquilinos no estén pagando las rentas no se verán afectadas por la nueva prórroga del escudo social; y especifican que serán los servicios sociales competentes los encargados de buscar una alternativa habitacional de emergencia. Por lo tanto, la nueva redacción introduce una excepción dentro de la situación que se ha mantenido durante los últimos tres años, pero que solo aplicará a los pequeños propietarios.
Los inquilinos podrán obtener la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran su situación de vulnerabilidad, para lo cual se solicitará un informe a los servicios sociales competentes, que determinarán las medidas a aplicar en cada caso. Posteriormente, será un juez quien, con toda la documentación proporcionada, decida si se lleva a cabo o no la suspensión del proceso.
Para iniciar el procedimiento, el arrendador contará con un plazo máximo de diez días para demostrar, de igual modo, una situación de vulnerabilidad que anule la paralización del desalojo. Si se acredita que la vulnerabilidad del arrendador es mayor que la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán implementar las medidas recomendadas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia en esta situación.
El apoyo de Junts, en el aire
Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar tensiones con el PNV, logrando un apoyo explícito para este real decreto por parte de la formación jeltzale, que aunque votó a favor del ómnibus expresó fuertes críticas por la falta de una salvaguarda en la moratoria, como la que ahora se incluye. Por el momento, se desconoce si este cambio también logrará atraer a Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda esperan que así sea.
El nuevo real decreto —que también incorpora otras directrices, como la prohibición de cortes de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas para las comunidades afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales para vehículos eléctricos— establece la extensión por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desalojos suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Además, se amplía el plazo para solicitar compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.



