Los dueños de una o dos casas no están sujetos a las medidas contra desahucios en el nuevo plan de protección social | Vivienda | Economía


El Gobierno ha optado por dividir el decreto ómnibus que fue rechazado hace pocos días en el Congreso en dos partes, con el fin de avanzar en la revalorización de las pensiones por un lado, y en las demás medidas dirigidas a mantener el escudo social por otro. Dentro de este segundo apartado se incluyen las relacionadas con la vivienda, aunque con ciertas modificaciones respecto al texto original. Las principales han sido anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, después de finalizar el Consejo de Ministros. La modificación más significativa ―que ya había sido adelantada por el PNV antes de que concluyera la reunión― se refiere a la exclusión de las medidas antidesahucios para aquellos propietarios que posean una o dos viviendas. La suspensión del desahucio tampoco se aplicará en caso de que el arrendador se encuentre en situación de vulnerabilidad.

Con este paso, el Ejecutivo busca ganarse la simpatía de los nacionalistas vascos que habían solicitado una excepción para los pequeños tenedores como una forma de asegurar su apoyo. Esto significa que, en estos casos, aunque el inquilino esté en situación de vulnerabilidad, el propietario no tendrá que soportar la suspensión extraordinaria del desalojo.

El Ministerio de Vivienda sostiene que el nuevo marco continuará protegiendo a los inquilinos que no dispongan de una alternativa habitacional y que, por causas imprevistas, no pueden hacer frente al pago del alquiler. Esta ha sido una demanda constante de diversos colectivos de afectados desde que se aprobó la moratoria antidesahucios por primera vez durante la pandemia. La última renovación venció el pasado 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que 60.000 desalojos podrían reanudarse si no se aplica una nueva prórroga.

El ministerio que dirige Isabel Rodríguez aclara que los propietarios de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) cuyos inquilinos no estén pagando rentas no se verán afectados por la nueva prórroga del escudo social; y determinan que será responsabilidad de los servicios sociales competentes buscar una alternativa habitacional de emergencia. Así, la nueva redacción introduce una salvedad respecto a la situación que se había estado dando durante los últimos tres años, pero que solo aplicará a los pequeños tenedores.

Los inquilinos podrán acceder a la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran estar en situación de vulnerabilidad, para lo cual se solicitará un informe a los servicios sociales competentes, que identificarán las medidas a implementar en cada caso. Después, será un juez quien, con toda la documentación presentada, determine si procede o no la suspensión del proceso.

Para iniciar este procedimiento, el arrendador contará con un plazo máximo de diez días para acreditar también una situación de vulnerabilidad que revierta la paralización del desalojo. Si se demuestra que la vulnerabilidad del arrendador es mayor que la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán llevar a cabo las medidas indicadas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia afectada.

El apoyo de Junts, en el aire

Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar tensiones con el PNV y obtener un apoyo explícito para este real decreto por parte de la formación jeltzale, que a pesar de haber votado a favor del ómnibus, se mostró muy crítica por la falta de una salvaguarda en la moratoria, como la que ahora ha sido incluida. Por el momento, se desconoce si este cambio también atraerá a Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda esperan que así ocurra.

El nuevo real decreto ―que también incorpora otras directrices como la prohibición de cortes de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas para las poblaciones afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales para el coche eléctrico― prevé la extensión por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Además, se amplía el plazo de solicitud de compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.

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