Advertencia de Consumo a inmobiliarias sobre ilegalidad de cobrar comisión a interesados en arrendar vivienda

La Dirección General de Consumo ha emitido una advertencia contundente a las inmobiliarias respecto a la “ilegalidad” de cobrar comisión por la gestión a los interesados en arrendar una vivienda. Esta práctica, que ha sido motivo de controversia en el sector, contraviene la normativa vigente y vulnera los derechos de los consumidores. Ante esta situación, el organismo ha instado a las empresas del ramo a ajustarse a la legalidad y abstenerse de aplicar cargos indebidos a quienes buscan alquilar una propiedad. Esta medida busca proteger a los ciudadanos de posibles abusos y garantizar un proceso transparente y justo en el mercado de arrendamiento. Es fundamental que las inmobiliarias respeten la normativa vigente y actúen de manera ética en sus operaciones comerciales.

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Consumo advierte a inmobiliarias: es ilegal cobrar comisión a interesados en arrendar vivienda

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 emitió una advertencia este viernes a las inmobiliarias sobre la ilegalidad de cobrar una comisión por la gestión a las personas interesadas en arrendar una vivienda. En un comunicado, la Dirección General de Consumo informó que ha iniciado una investigación y ha notificado a diversas empresas inmobiliarias dedicadas a la gestión de alquiler de viviendas que no pueden cobrar una comisión a los inquilinos por sus servicios.

Se ha detectado que algunas empresas habrían obligado a los interesados en alquilar una vivienda a pagar una comisión equivalente a un mes de alquiler más un 21% de IVA, lo cual está expresamente prohibido por la ley, específicamente por el artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Esta práctica contraviene la disposición final primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda.

La normativa establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador, por lo que imponer al arrendatario este tipo de cargos adicionales podría considerarse abusivo según el artículo 47.1.j) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

En caso de comprobarse esta infracción, la ley contempla sanciones que van desde multas pecuniarias entre 10.001 y 100.000 euros, pudiendo llegar hasta cuatro o seis veces el beneficio ilícito obtenido, según lo establecido en el artículo 48.2 de la normativa vigente.

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Comisión por gestión en alquiler: inmobiliarias alertadas sobre práctica ilegal

Vecinos de Ermita del Santo protestan por la llegada de torres con 500 viviendas y sin equipamientos. La compraventa de viviendas en Madrid ha registrado una caída del 16% durante el año 2023.

El Ministerio de Consumo ha tomado medidas al respecto, recordando a las inmobiliarias que deben cumplir con la normativa vigente y no imponer comisiones indebidas a los arrendatarios. Esta advertencia busca proteger los derechos de los consumidores y garantizar un mercado inmobiliario más transparente y justo.

Mónica Rodríguez

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