Advertencia de Consumo sobre la ilegalidad de cobrar comisión a los interesados en arrendar una vivienda.

En una reciente noticia, el organismo de Consumo ha emitido una advertencia contundente a las inmobiliarias respecto a la práctica ilegal de cobrar comisión por la gestión a los interesados en arrendar una vivienda. Esta medida representa un importante paso en la protección de los derechos de los consumidores, quienes muchas veces se ven afectados por prácticas abusivas en el mercado inmobiliario. La transparencia y legalidad en las transacciones de alquiler son fundamentales para garantizar una convivencia justa y equitativa entre arrendadores y arrendatarios. Es imperativo que las empresas del sector se ajusten a la normativa vigente y respeten los derechos de los ciudadanos. Esta advertencia busca erradicar conductas irregulares que perjudican la confianza en el mercado inmobiliario y promover una cultura de respeto hacia los consumidores.

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Consumo advierte a inmobiliarias: ilegal cobrar comisión por gestión en arrendamientos

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una advertencia este viernes a las inmobiliarias, señalando que es ilegal cobrar una comisión por la gestión a las personas interesadas en arrendar una vivienda. En un comunicado, la Dirección General de Consumo ha informado que ha iniciado una investigación y ha notificado a varias mercantiles inmobiliarias dedicadas a la gestión de alquileres de viviendas que no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos.

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Inmobiliarias no pueden cobrar comisión a inquilinos por servicios de gestión

Se ha tenido conocimiento de que algunas empresas han obligado a los interesados en arrendar una vivienda a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento, que equivaldría a un mes de alquiler más un 21% de IVA. Esta práctica va en contra de la ley, específicamente del artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, establecido por la disposición final primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda.

La normativa determina que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador, por lo que imponer estos cargos a los arrendatarios podría considerarse abusivo según el artículo 47.1.j) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta infracción, calificada como falta grave según el artículo 48.2 de la ley, podría resultar en una multa pecuniaria entre 10.001 y 100.000 euros, e incluso superar estas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

Vecinos de Ermita del Santo protestan por la llegada de torres con 500 viviendas y sin equipamientos

Por otro lado, en la localidad de Ermita del Santo, los vecinos han expresado su descontento ante la llegada de torres con 500 viviendas y la ausencia de equipamientos. Esta situación ha generado malestar en la comunidad, que se encuentra preocupada por las implicaciones que este tipo de desarrollos urbanísticos pueden tener en su entorno.

La compraventa de viviendas cae en Madrid un 16% durante 2023

Además, se ha registrado una disminución del 16% en la compraventa de viviendas en la ciudad de Madrid durante el año 2023. Esta caída en las transacciones inmobiliarias podría estar influenciada por diversos factores económicos y sociales que afectan al mercado de la vivienda en la región.

Mónica Rodríguez

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