El Ayuntamiento sufre siete fracasos consecutivos en los tribunales al dejar de lado informes y despreciar la opinión de los vecinos | Noticias de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid ha recibido dos malas noticias en poco más de 24 horas. Esta semana, la justicia anuló la tasa de basuras y determinó que los parkings del Bernabéu permanecerán en stand by. A lo largo de los últimos años, los tribunales han anulado, total o parcialmente, estos y otros proyectos y reformas significativas promovidas por el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida (PP). Cada caso tiene sus particularidades ―muchos tocan aspectos urbanísticos―, pero la mayoría ha sido rechazado por dos razones principales. Una es la falta o escaso rigor de documentos claves, como informes económicos o medioambientales, lo que resulta en la aprobación de planes o normativas sin evaluar adecuadamente su impacto. La otra causa, inherente a la primera, son las repetidas deficiencias en el proceso de participación, donde los ciudadanos no reciben información completa o se ignoran sus alegaciones.
Cada vez que se informa de un nuevo revés judicial, el gobierno local responde con argumentos similares: que se trata de un simple “defecto formal” o que la sentencia “no aborda cuestiones de fondo”. La oposición critica a Almeida y su equipo por considerar estas cuestiones como menores, mientras que los juristas consultados por este periódico indican que los errores administrativos son comunes, pero que si un tribunal anula una iniciativa o norma por ello, es porque esos errores son significativos y despojan al ciudadano de elementos de defensa.
La lista de proyectos o normativas anuladas, ante las que el Ayuntamiento ha interpuesto recurso y cuyas sentencias aún no son firmes, incluye, además de la tasa de basuras y los aparcamientos del Real Madrid, los siguientes cinco: las zonas de bajas emisiones ―por una “manifiesta insuficiencia” de informe de impacto económico―, la ordenanza de terrazas ―sin el mismo documento, lo que impidió realizar alegaciones―, las cocheras de Cuatro Caminos y la Ciudad del Deporte en el entorno del Estadio Wanda Metropolitano ―con memorias incompletas en ambos casos―, y el cambio de ordenación de los bulevares de Ibiza y Sainz de Baranda, en el distrito de Retiro ―también sin informes de impacto y hecho sin consultar a los hosteleros de la zona―.
Fernando Portillo, magistrado de lo Contencioso-Administrativo en Melilla, comenta que es “relativamente habitual” encontrar fallos de procedimiento al analizar actos de la administración local, autonómica y estatal que son denunciados, y que por ello, en muchas ocasiones “se quedan en las formas y no logran enfocarse en el fondo”. No obstante, el juez distingue entre defectos sin mayor trascendencia, como el desorden en un expediente, y aquellos que son graves y “ponen en indefensión al ciudadano”. Por ejemplo, la manera en que una normativa impacta en la economía municipal.
En abril de 2024, cuando Almeida llevaba apenas un año al frente del Ayuntamiento, ahora con una amplia mayoría absoluta, recibió uno de los primeros golpes de su segunda legislatura. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló la controvertida ordenanza de terrazas, aprobada durante su mandato en coalición con Ciudadanos y que facilitaba los requisitos para su instalación. El causante fue la ausencia de dos informes clave, el de impacto ambiental y, más importante todavía, el presupuestario. Es decir, la normativa fue aprobada sin aclarar las consecuencias económicas de la mayor presencia de terrazas en más áreas de la ciudad: ¿habría un aumento de ingresos en el sector hostelero? ¿Requeriría el posible crecimiento mayor gasto en personal? El tribunal fue contundente: “En todo el expediente no consta ni un solo informe que evalúe las consecuencias para los ingresos del aumento de la ocupación”. Tampoco fue sometido a información pública y los madrileños no pudieron hacer alegaciones. Un año después, el Tribunal Supremo (TS) ratificó el fallo.
El alcalde mencionó en aquel momento que la próxima ordenanza sería “muy similar, salvo ligeros retoques” porque solo se trataba de un defecto “formal” y faltaba “una memoria”. La nueva norma se aprobó en 2025 y este marzo el TSJM aceptó un recurso de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales, que impugnó la normativa por no incluir ninguna de las 43 alegaciones presentadas. “Si es algo trivial, un tribunal no diría que [un documento] es necesario. La mayoría de las veces que los defectos de forma se consideran relevantes [como para anular un proyecto] es porque privan de elementos de defensa. ¿Cómo voy a usar mi derecho y mis recursos si no sé qué me propone el Ayuntamiento? Esa es la verdadera indefensión», explica el magistrado Portillo por teléfono.
En el reciente revés judicial sobre la tasa de basuras, ocurrió algo similar. Faltaba un anexo del informe económico. Concretamente, el que explicaba cómo se midió y atribuyó la cantidad de residuos a cada tipo de negocio y cómo se calculó la gestión de basura residencial. Esta vez, un portavoz municipal indicó que la sentencia “no aborda en ningún momento cuestiones de fondo de la tasa” y que “los servicios técnicos municipales consideraron que esa información [faltante] era auxiliar”. La respuesta fue similar en el caso de las zonas de bajas emisiones, que el TSJM anuló parcialmente tras una denuncia de Vox por un informe económico deficiente. “Es un defecto formal, un defecto que se puede corregir”, afirmó el alcalde en Onda Cero.
Alberto Dorrego, presidente de la sección de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de Madrid, ha manejado casos similares en varias administraciones locales y autonómicas. La jurisprudencia se ha ido endureciendo, señala por teléfono, y los tribunales tienden a analizar más a fondo los trámites. “No es suficiente con hacer algo, nombrarlo informe económico y ya. Debe tener un análisis profundo sobre el asunto, que aporte contenido y sirva para determinar si hay impacto o no de una decisión normativa”, explica. Lo mismo ocurre con las alegaciones. No basta con abrir un proceso de información pública, cerrarlo y ya. Es necesario considerar las valoraciones ciudadanas y dedicarles tiempo. “Los tribunales solían ser más indulgentes al exigir que los informes tengan contenido y sustancia, y ahora ya no. [Sin ellos] estás viciando el procedimiento de tramitación. Si no ofreces a los ciudadanos la oportunidad de conocerlo todo, ¿cómo podrán evaluarlo?”, agrega el jurista.
Esto sucedió, por ejemplo, en un caso menos conocido, el cambio de ordenación de los bulevares de Ibiza y Sainz de Baranda, en Retiro. El Ayuntamiento aprobó esta ordenación, indica la sentencia, sin consultar al sector hostelero, afectado por los posibles cambios: “La ordenación específica se ha realizado a espaldas del sector de la hostelería y la restauración, que es su principal destinatario”. También ocurrió así con los parkings del Bernabéu. Entre los múltiples motivos para suspender las obras, el tribunal destacó que el Consistorio madrileño impidió a los ciudadanos “conocer el verdadero alcance del proyecto y formular alegaciones” y desoyó los informes de los funcionarios que advertían de que los aparcamientos eran incompatibles con el planeamiento vigente.
Tanto Portillo como Dorrego coinciden en que en la mayoría de estos fallos, aunque sean recurrentes, no se cometen con mala intención. Más bien resultan de un cúmulo de factores: desconocimiento del procedimiento, escasa atención, plazos fijados por la oportunidad política o simple negligencia. “Las administraciones estaban muy acostumbradas a hacer informes meramente formales, solo para cubrir el expediente y rellenar casillas”, sostiene Dorrego. Rafael Luqué, miembro de la sección de Derecho Urbanístico del Colegio de Abogados regional, es más crítico: “Llama la atención que se anulen tantos proyectos y se cometen numerosos errores. Muchas veces es por voluntarismo político o porque los equipos jurídicos no siempre están actualizados sobre la doctrina o la jurisprudencia. El TSJM es riguroso y no se detienen. Lo del informe de impacto económico, por ejemplo, es un fallo gravísimo, pues ya se venía pidiendo desde hace tiempo”.
La oposición critica que el Ayuntamiento considere los defectos formales como una “excusa” para lo que ellos consideran “chapuzas” y “mala gestión”. La portavoz adjunta del PSOE en la capital, Enma López, afirma que “pueden presentarlo como algo formal o menor”, pero que “cuando algo se anula, sea por forma o fondo, la realidad es que el reglamento o proyecto cae y los madrileños sufren inseguridad jurídica, pues no saben qué normativa se les va a aplicar, si pueden comenzar unas obras o instalar una terraza”. La líder de Más Madrid, Rita Maestre, sostiene que “es muy difícil acumular tantas sentencias judiciales en contra como Almeida” y que “siempre tiene una excusa técnica lista” e “intenta hacer pasar que son cuestiones menores: un error de procedimiento, un defecto de forma, una coma mal colocada”. “Cada sentencia que anula un proyecto no es solo un titular político, es dinero de los madrileños desperdiciado, años perdidos, obras paralizadas”, añade. Y López concluye: “Son cálculos que el Ayuntamiento debería contemplar, pero creen que con la mayoría absoluta tienen el poder para ignorarlos”.



