El gobierno de Ayuso deberá abonar 451.000 euros a Rivas por no mantener sus escuelas infantiles durante la pandemia.
La Comunidad de Madrid ha sufrido un revés judicial definitivo en su disputa con el Ayuntamiento de Rivas relativo a la financiación de las escuelas infantiles durante la pandemia. El Tribunal Supremo ha dictado que el Gobierno de Ayuso debe pagar 451.399,52 euros por haber cancelado de forma unilateral el acuerdo que regula la atención de 0 a 3 años en Rivas durante los dos primeros meses del confinamiento por la Covid.
La sentencia obliga al Gobierno regional de Isabel Díaz Ayuso a abonar esta cantidad al Ayuntamiento de Rivas por la actividad llevada a cabo en la Casa de Niños y en tres escuelas infantiles municipales entre el 11 de marzo y el 15 de mayo de 2020. En ese periodo, el Ejecutivo autonómico decidió no financiar esta etapa educativa al considerar que la educación online que se implementaba era “un insulto a la inteligencia”, según expresó el entonces consejero de Educación, Enrique Osorio.
Todo esto ocurrió a pesar de que la Comunidad de Madrid había ordenado el teletrabajo para el personal docente y solicitado a los centros educativos que adoptaran un modelo de enseñanza online. Esta directriz fue acatada por el Ayuntamiento de Rivas, que mantuvo el vínculo entre los alumnos y sus profesores de manera telemática y proporcionó materiales educativos para que las familias trabajaran con sus hijos en casa.
“Lo que realmente fue un insulto a la inteligencia, y a muchas víctimas de la COVID, fue la gestión de la Comunidad de Madrid durante la pandemia, incluyendo en las escuelas infantiles”, afirmaba ahora la alcaldesa de Rivas, Aída Castillejo, en un comunicado difundido por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en el que valora la sentencia.
“Ayuso no solo dejó desamparadas a las personas mayores en las residencias; también recortó y dejó sin apoyo a la educación infantil, rompiendo unilateralmente los acuerdos con los ayuntamientos”, ha denunciado la regidora, celebrando que “la justicia finalmente haya restaurado la situación”.
La Comunidad de Madrid, al ser solicitada por el Ayuntamiento de Rivas para financiar este tiempo de actividad en sus escuelas infantiles, cumpliendo así con el convenio firmado entre ambas administraciones, decidió no asumir sus responsabilidades, que fueron calculadas por el Ayuntamiento y ahora también por el Tribunal Supremo en 451.399,52 euros.
En primera instancia, Rivas planteó este incumplimiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se pronunció a favor del Gobierno de Ayuso. Sin embargo, tras un recurso de casación, el Tribunal Supremo ha revocado la decisión del TSJM y ha ordenado a la Comunidad de Madrid “cumplir con las obligaciones de financiación establecidas en dicho convenio de colaboración, incluyendo el abono al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid de los gastos de Educación Infantil acreditados, correspondientes a marzo, abril y mayo del curso escolar 2019-2020”.
Hasta 94.000 niños y niñas de 0 a 3 años se vieron afectados por la decisión de la Comunidad de Madrid de suspender la actividad lectiva durante la pandemia en toda la región. “Rivas no lo hizo —ha recordado Castillejo— porque sabíamos que era esencial para las familias y para el bienestar de nuestros menores. Nuestras maestras continuaron apoyando a las familias, manteniendo el contacto con los pequeños y garantizando ese vínculo con su comunidad educativa en un momento tan complicado”, ha subrayado la alcaldesa, agradeciendo el esfuerzo de las maestras, trabajadoras y familias de Rivas, “que mantuvieron la educación y el bienestar de los niños cuando todo se detuvo”.
Esta es una sentencia que establece jurisprudencia y refuerza la equidad de las partes —en este caso, dos administraciones de diferente rango— cuando mantienen un convenio de colaboración. “Son reflejo de principios constitucionales de cooperación, tienen carácter vinculante y son fuente de obligaciones para ambas partes”, ha declarado el Tribunal Supremo, que advierte sobre la prohibición de tomar decisiones unilaterales que conlleven el incumplimiento de sus obligaciones o la modificación unilateral del convenio de colaboración, algo que, según los magistrados de la sentencia, “no se ajusta a derecho”.
Además, la resolución refuerza el principio de autonomía local, reconociendo la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus competencias y defender sus decisiones frente a imposiciones unilaterales de otras administraciones. “Demuestra que los ayuntamientos tenemos una voz propia, que nuestras decisiones son respetadas y que defender lo público desde lo local es defender la democracia”, ha resaltado la alcaldesa de Rivas.


