El Tribunal Superior de Bogotá exonera a Álvaro Uribe de todas las acusaciones.


El juicio penal contra Álvaro Uribe Vélez, el primer expresidente colombiano condenado en más de 50 años, se ha resuelto en segunda instancia en un tiempo récord. Este martes, el Tribunal Superior de Bogotá absolvió al líder de la derecha en un caso que ha estremecido la política colombiana durante 13 años. El 1 de agosto, una jueza sentenció al exmandatario a 12 años de prisión domiciliaria por manipulación de testigos y fraude procesal. Sin embargo, Uribe salió en libertad 20 días después, cuando el mismo tribunal revocó esa orden. Ahora, una sala de tres magistrados ha decidido absolverlo de los delitos de soborno y fraude procesal.

La lectura del resumen de la sentencia ocupó toda la mañana del martes, donde los magistrados revisaron cada uno de los cinco hechos por los cuales Uribe había sido condenado en primera instancia. La sesión comenzó con tres casos de soborno: el del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, conocido como Víctor; el del testimonio de Eurídice Cortés, alias Diana; y el de la declaración de Juan Guillermo Monsalve. En todos los casos, se encontraron inconsistencias y contradicciones en los testimonios. “No basta con que exista una dádiva; debe probarse la intención ilícita”, leyó el magistrado Manuel Merchán en el caso de Monsalve.

Respecto al caso de Vélez, el tribunal concluyó que nunca declaró que Uribe intentó sobornarlo para que modificara su testimonio. El magistrado fue enfático en la “mendacidad” del testigo, y el tribunal incluso ordenó investigar a Vélez por falso testimonio. Merchán fue crítico con la valoración de pruebas de la jueza Sandra Heredia, quien dictó la condena inicial, afirmando que su fallo “introduce hechos ajenos a la acusación, vulnerando el principio de congruencia y el derecho de defensa”.

Uno de los argumentos del Tribunal es que “el conocimiento de Uribe sobre las gestiones de Cadena [su abogado] no configura por sí solo el delito de soborno”. Acerca de su relación con ese abogado, el tribunal explicó que Mario Uribe —primo segundo del exmandatario y condenado por vínculos con el paramilitarismo— le presentó al defensor en una reunión donde no se ha probado la comisión de delitos. “No hay prueba de subordinación funcional ni de que el contrato de mandato penal implicara obediencia penalmente relevante. Las interceptaciones muestran que Cadena informaba sobre gestiones ya realizadas, sin indicios de presión o inducción delictiva por parte del acusado”.

Al concluir la diligencia, el magistrado enfatizó que “algunos testigos declararon sobre hechos que desconocían, guiados por expectativas de beneficios”. Señaló que esas motivaciones cobran especial relevancia considerando que Monsalve y Vélez estaban en prisión y tenían un interés en obtener beneficios en la justicia transicional. “La condena otorgó credibilidad plena a testimonios adversos sin valorar intereses subyacentes, lo que sugiere un mercado de información”, indicó el magistrado, quien mencionó que en el proceso se debía considerar el interés del senador y precandidato presidencial Iván Cepeda en el resultado. “Es un factor que debe ser tomado en cuenta con las demás pruebas”.

Después de desvirtuar los tres casos de soborno, el magistrado abordó los dos hechos de fraude procesal en los que la primera instancia concluyó que el expresidente había intentado alterar el proceso. El primero se refiere a las gestiones del abogado Cadena para lograr que el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve se retractara de sus declaraciones contra Uribe, afirmando que había sido presionado por el senador Cepeda. El segundo está relacionado con el testimonio del narcotraficante Juan Carlos El Tuso Sierra, también contactado por Cadena mientras estaba en prisión en Estados Unidos para que escribiera una carta con una declaración favorable para Uribe. En el texto, el exparamilitar niega vínculos del expresidente con el paramilitarismo y acusa a Cepeda de intentar manipular testigos. El Tribunal determinó que en este caso tampoco hay evidencia de que Uribe hubiera cometido el delito, ya que el fallo inicial “debió probar si Sierra mintió dolosamente”, concluyendo la responsabilidad del expresidente “por el mero beneficio obtenido, sin pruebas sólidas de que la idea [de manipular el testimonio] se originara en Álvaro Uribe Vélez”.

El expresidente Álvaro Uribe ingresa al cementerio central para rendirle homenaje al senador Miguel Uribe, asesinado en Bogotá (Colombia), el 23 de agosto del 2025.

Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, encabezados por Manuel Antonio Merchán, señalaron que la sentencia de segunda instancia abarca más de 700 páginas donde se analizaron las evidencias del expediente y las consideraciones de la jueza Sandra Heredia para la decisión de la primera instancia. En su análisis, invalidaron las interceptaciones telefónicas de las comunicaciones de Uribe en 2018. Ese año, la Corte Suprema de Justicia había ordenado interceptar al entonces congresista Nilton Córdoba Manyoma por el caso del Cartel de la Toga, pero un supuesto error de digitación afectó las escuchas de Uribe Vélez.

Aunque la jueza Heredia había validado esas pruebas, el magistrado Merchán destacó que el tribunal decidió excluirlas. “La interceptación convierte la información obtenida en prueba ilícita, inexistente por nulidad en pleno derecho”, sostuvo, mientras que la sentencia inicial argumentaba que no debían ser excluidas pese a haberse originado en un error, ya que, una vez advertido su contenido, la Fiscalía sí podía utilizarlas al señalar que revelaban posibles hechos delictivos.

Un proceso largo con una última instancia

La decisión en segunda instancia se produce dos meses después de la inédita condena a un exmandatario, que además sigue siendo una figura clave en la principal fuerza de la derecha. Mientras que la condena de agosto se vivió como un terremoto político, la sentencia de este martes, en medio de un contexto preelectoral, representa un nuevo giro. Tras la condena inicial que dictó la jueza Heredia a Uribe, él interpuso una tutela que le permitió recuperar su libertad al ser considerado “desproporcionado y que vulneraba su derecho a la presunción de inocencia”. Esto le permitió retomar la actividad política en Antioquia, su bastión electoral, inmediatamente después de su liberación.

Con ese respaldo, Uribe renunció a la prescripción del caso, lo que extendía el plazo para la sentencia de segunda instancia hasta el 15 de octubre o lo dejaba exento de condena. A diferencia de lo argumentado por la jueza Heredia, quien indicó que Uribe buscaba dilatar el proceso para evitar la condena, él y sus abogados siempre han rechazado tales acusaciones. Su decisión de renunciar amplió el periodo para que el Tribunal tomara una decisión hasta octubre de 2027, aunque los magistrados resolvieron el caso en apenas unos meses.

Con la segunda instancia a su favor, aún queda una última opción para resolver su destino judicial: el recurso de casación que las víctimas del proceso han anunciado que interpondrán. Este recurso llevaría el caso ante la Corte Suprema de Justicia, justo donde comenzó el proceso hace 13 años. En 2012, Uribe denunció al senador Iván Cepeda por manipulación de testigos, y tras seis años de indagaciones, el alto tribunal archivó el caso contra Cepeda y procedió en contra de Uribe Vélez. El expresidente renunció en 2020 a su curul en el Senado para evitar ser juzgado por el alto tribunal, pero con el tiempo, su situación penal ha vuelto a escena.

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