El Tribunal Superior de Madrid decide en enero sobre la tasa de basura: 300 millones en juego.


Se está generando una avalancha de impugnaciones de liquidaciones de la tasa de basuras por parte de los contribuyentes, y asesores fiscales e inspectores advierten sobre demandas masivas que pueden conllevar devoluciones y grandes agujeros presupuestarios para los ayuntamientos. Estos procesos, como sucedió con la plusvalía municipal, pueden prolongarse varios años. Hay un recurso que avanza rápidamente contra la propia tasa, el del Ayuntamiento de Madrid, planteado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que ya se encuentra en la fase de conclusiones en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Es una impugnación directa de la norma, de la ordenanza fiscal que la establece, por lo que el proceso transcurre con rapidez y se prevé que haya sentencia a principios de año. Después de la presentación de conclusiones por parte de Aedaf, será el turno del Consistorio, que dispone de 10 días, y se espera que el asunto esté listo para sentencia antes de enero. El Ayuntamiento de Madrid se juega cerca de 300 millones de euros.



Este recurso es significativo por la cuantía que supone, por referirse a la capital y porque es en principio el único de su tipo. A partir de 2026, podrían impugnarse las modificaciones de las ordenanzas que desarrollen las futuras tasas en un periodo de dos meses desde su aprobación.

Esta asociación de asesores fiscales ha logrado triunfos notables en los tribunales contra Hacienda: ha conseguido anular Modelos del IRPF y la exclusión de la declaración en papel que afecta a los mayores—lo que el Gobierno revirtió más tarde en un Real Decreto-ley—, y que se obligue a la Agencia Tributaria (AEAT) a publicar los criterios de los bonos que otorga a los inspectores.

Los contribuyentes que hayan recurrido antes de que su liquidación sea firme, disponen de un mes para beneficiarse de una posible anulación de la tasa por el TSJM.

El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado cambios en su tasa para 2026. La de 2025 presenta una parte fija del 81% de la cuota según el valor catastral de la vivienda, lo que puede hacerla susceptible de impugnación en los tribunales, ya que la única directriz que establece la Ley 7/2022, encargada de exigir la creación de la tasa a los consistorios, es el «pago por generación», siempre que realmente calcule lo que contamina cada contribuyente. En la tasa de la capital, esto último representa solo el 19% de la cuota y está además vinculado al porcentaje de separación en los 131 barrios de la ciudad, considerando también el número de habitantes.

Sin salir de la Comunidad de Madrid, hay ayuntamientos que han tomado decisiones propias. Por ejemplo, el de Leganés, que ha declarado que no va a exigirla, lo que podría llevarlo a un pleito con el Estado. Consistorios como el de Alcobendas también han contemplado no imponerla, aunque, por el momento, han aprobado unas ordenanzas fiscales que la prevén.

Obliga el Gobierno de Pedro Sánchez

La tasa de basuras, obligatoria para municipios de más de 5.000 habitantes, es una imposición del Gobierno central, no de la Comisión Europea, como intenta hacer creer el Ejecutivo de Pedro Sánchez, y supone un aumento en los impuestos locales de hasta el 40%. Así lo ha denunciado la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL) este martes en una rueda de prensa.

Los inspectores han recordado que las nuevas obligaciones comunitarias en gestión de residuos reflejadas en la Directiva de 2018 no requieren la creación de una tasa y, de hecho, han señalado que la mayoría de los países de la UE no la ha impuesto. Preceptiva y no deficitaria, España es el único Estado que la ha implementado. La deficiente técnica legislativa y la falta de directrices de la Ley 7/2022, que obliga a la creación de la tasa, conducen a una gran «inseguridad jurídica», por lo que esta tasa ha sido apodada «plusvalía número dos,» ha señalado Arturo Delgado.

De hecho, de los 12.000 millones que se recaudan anualmente con el IBI, se estima que la tasa de basuras genere unos 3.500 millones. De esta manera, se convierte en el segundo ingreso local, superando a la plusvalía municipal, que ha disminuido considerablemente después de la sentencia del Tribunal Constitucional que la anuló y de la nueva ley. La tasa de basuras no tiene límite, salvo el coste del servicio, por lo que «claro que puede subir para mantenerse como tasa no deficitaria,» ha destacado Juan Ignacio Gomar.

A pesar de todo, los inspectores alertan sobre un déficit de casi 2.000 millones de euros en los ayuntamientos y diputaciones de todo el país. En concreto, los presupuestos aprobados para 2025 indican un gasto total en materia de residuos de 5.325 millones de euros y unos ingresos por tasas de residuos de 3.488 millones, lo que refleja un grado de cobertura del 65,5%, todavía lejos del 100%.

«Severos problemas presupuestarios»

Se trata de un estudio del Observatorio para el Laboratorio de Residuos, que ANIHPL considera fiable y que implicaría que no se está cumpliendo el principio de que la tasa sea no deficitaria. No existen estudios públicos del Ministerio de Hacienda ni del Ministerio de Transición Ecológica.

Este déficit no es ni por asomo el único problema en torno a esta tasa: los inspectores de las Haciendas Locales pronostican «severos problemas presupuestarios» en las corporaciones locales si prospera la avalancha de denuncias que se avecinan por parte de los contribuyentes. A su juicio, esto se produce, en parte, por el desinterés e inacción del Ministerio de Hacienda, así como por la falta de diálogo real con las entidades locales.

En los últimos 30 años, y tras diversas sentencias del Tribunal Supremo, los municipios conocían cómo regular las tasas de residuos, lo que evitaba la inseguridad jurídica. Ahora, por primera vez en la historia de la tributación local, nos encontramos ante una tasa de imposición obligatoria que debe cubrir el 100% del coste del servicio y que no puede ser deficitaria, insisten.

ANIHPL opina que todo ello está provocando una diversidad de criterios distintos en las ordenanzas municipales para regular la tasa, que serán resueltas de manera diferente en los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos, mientras se espera conocer los criterios que finalmente validará el Supremo.





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