El Tribunal Supremo ordena a Audasa reintegrar los peajes excesivos cobrados durante las obras del puente de Rande.


El Tribunal Supremo ha condenado a la concesionaria de la autopista AP-9, Audasa, a pagar parte de los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande, que se realizaron entre febrero de 2015 y junio de 2018.

Según informa Europa Press, el Alto Tribunal ha admitido el Recurso de Casación presentado por la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, considerando que Audasa incurrió en una «práctica abusiva» al cobrar en su totalidad el peaje a los usuarios de la vía.

Los magistrados del Supremo argumentan que la concesionaria no podía ofrecer el servicio «con las condiciones que se suponen a una autopista que obliga automáticamente al pago de sus peajes». Resaltan que «la concesionaria de la autopista cobra íntegramente el peaje, a pesar de realizar obras que obstaculizan una circulación fluida, lo que constituye una práctica no consentida expresamente».

Consideran que existió falta de información por parte de la concesionaria. También reconocen que los usuarios del vial «no consintieron la práctica de cobrarles íntegramente el peaje a pesar de la deficiente prestación del servicio, ya que no tuvieron la oportunidad de decidir, al no contar con la información necesaria sobre la afectación al tráfico».

Ante esta situación y al comprobar la «falta de reciprocidad» y «desequilibrio» que se genera entre los derechos y obligaciones de la concesionaria y los usuarios, el Supremo decreta que Audasa deberá restituir los peajes a los conductores implicados en los 81 incidentes de tráfico comprobados durante las obras.

Los afectados tendrán que demostrar esta condición documentalmente específicamente, que son consumidores de la vía, que circularon por ella en las fechas pertinentes y las cantidades pagadas por los peajes.

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