El TSJM ratifica la sanción de 96.000 euros impuesta al festival Brava por no permitir pagos en efectivo.


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la multa de 96.000 euros que la Comunidad de Madrid impuso a la organizadora del festival Brava Madrid, Madrid Salvaje AIE, tras la denuncia de Facua-Consumidores en Acción por diversas cláusulas abusivas en las que se incurrió en su edición de 2023, como la imposición de pulseras ‘cashless’ como único método de pago y el cobro por la devolución del dinero no consumido.

La Sala ha desestimado el recurso de la organizadora contra dicha sanción y, al no ser apelada, ha adquirido firmeza, según una resolución de la Subdirección General de Inspección de Consumo y Control del Mercado de Madrid. En ese documento, la Inspección de Consumo informa a Facua que «al haberse caducado la vía judicial por inactividad de la empresa sancionada, la Resolución Sancionadora ha adquirido firmeza». Por lo tanto, el expediente se encuentra en fase de ejecución para el cobro de la sanción impuesta.

En octubre de 2025, la Subdirección General de Inspección de Consumo y Control del Mercado de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la CAM notificó a Facua que había impuesto una sanción de 96.000 euros por la comisión de dos infracciones administrativas graves. Por un lado, la imposición de las pulseras ‘cashless’ como «único sistema posible para la adquisición de productos» y la inclusión de «varias cláusulas que limitan los derechos del consumidor» en sus condiciones generales. Posteriormente, la organizadora del evento interpuso un recurso contencioso-administrativo ante la decisión de la administración madrileña. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha determinado recientemente la «caducidad» del recurso interpuesto por Madrid Salvaje, dado que «no presentó la demanda dentro del plazo legalmente establecido».

Facua volvió a denunciar al Brava Madrid en 2024 por la imposición de las pulseras ‘cashless’ y por quedarse con parte del dinero sobrante, entre otras irregularidades. En 2025, la ha denunciado nuevamente por impedir el acceso a sus instalaciones con comida y bebida adquirida en el exterior, lo que, en la práctica, supone la imposición indirecta de servicios accesorios no solicitados, además de una limitación de los derechos de los usuarios y un desequilibrio en las relaciones contractuales en detrimento del consumidor.

Asimismo, ha denunciado a la promotora este año por negarse a reembolsar el dinero de las entradas a aquellos asistentes que lo solicitaron tras la modificación del cartel del evento, después de que varios artistas anunciaron su no participación en el festival. Además, la asociación ha obtenido una sentencia que confirma la abusividad y declara nulas las cláusulas impuestas por la misma promotora en otro de sus festivales: el Madrid Salvaje.

El juez ha prohibido a la empresa que repita estas prácticas, que consistían en restringir la entrada con comida y bebida del exterior e imponer un cargo de tres euros por la devolución del dinero consumido de las pulseras ‘cashless’. Esta sentencia está a la espera de un recurso ante la audiencia provincial.

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