Esto es lo que podrá llevar de ahora en adelante si utiliza un autobús interurbano en Madrid.


La Comunidad de Madrid ha integrado al Reglamento de Viajeros una normativa que regula los artículos que pueden llevar los usuarios en los autobuses interurbanos del Consorcio Regional de Transportes (CRTM).

Hasta ahora, solo se permitía el transporte de bultos de mano, sin especificar otros objetos cuyo uso se ha vuelto común con el tiempo. Según indicó el Gobierno regional con esta actualización, se busca brindar mayor claridad tanto a los usuarios como a los operadores del servicio.

De acuerdo con la nueva normativa, cada viajero podrá subir al autobús con un único objeto, siempre que no genere molestias ni represente un riesgo para los demás ocupantes.

Entre los artículos permitidos se encuentran bolsos, maletines o mochilas de hasta 50 x 30 x 10 centímetros; carritos de la compra o mochilas-carro con ruedas; maletas pequeñas de un tamaño máximo de 55 x 40 x 20 centímetros; patinetes infantiles, correpasillos y bicicletas infantiles sin pedales; así como instrumentos musicales y material deportivo, siempre que estén en su funda correspondiente.

De manera excepcional, el conductor podrá permitir otros bultos si verifica que no representan riesgo ni inconveniente. No obstante, se podrá negar el acceso cuando el vehículo no cuente con espacio adecuado para pertenencias, estas causen molestias o riesgo, si el interurbano está muy lleno o las zonas designadas para el transporte de equipaje están ocupadas. En tales casos, se puede restringir el acceso o solicitar al usuario que descienda del autobús, incluso si ya ha validado su billete.

En cuanto a la colocación de los objetos, estos deberán ir en la bodega o en los espacios destinados a tal fin. Las mochilas y maletines no podrán llevarse en la espalda, sino sujetas con la mano. Asimismo, los instrumentos musicales viajarán siempre en el interior, permitiéndose únicamente uno de gran tamaño por vehículo.

Todos los objetos deben colocarse de manera segura para evitar movimientos peligrosos, ruidos o posibles daños. La norma establece además que cada usuario será responsable de sus pertenencias y de los inconvenientes que puedan causar tanto a otras personas como al material móvil.

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