«Josu Ternera» atribuye su orden de arresto a un «sistema represor».
El exdirigente de ETA José Antonio Urrutikoetxea, conocido como «Josu Ternera», ha impugnado la orden de detención emitida el pasado viernes por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, argumentando que es «injusta» y resalta su «completa desproporción». Reprocha al magistrado por utilizar la cooperación europea como «una herramienta opresiva».
Su abogado, Gonzalo Boye, destaca que no hay fundamentos para justificar la orden de prisión del exdirigente etarra, ya que no existe riesgo de fuga ni de obstrucción a la Justicia, dado que «la instrucción ha finalizado» y no hay tampoco riesgo de reincidencia delictiva, ya que ETA «se disolvió hace años».
En su recurso, la defensa subraya que la orden europea de detención «no es un mero instrumento de cooperación neutral», ya que implica «la privación de libertad del reclamado, su localización y detención, así como la privación de su movilidad en otro Estado miembro, lo que conlleva efectos personales, familiares y procesales».
«Josu Ternera», resalta su abogado, se encuentra actualmente en libertad y ha respondido a todos los requerimientos de la Justicia francesa, cumpliendo con las medidas cautelares impuestas. «No se encuentra en paradero desconocido ni evade la acción de la Justicia», enfatiza.
Es necesario solicitar permiso a Francia
El abogado sostiene que «si se desea ampliar el ámbito de la entrega, es necesario solicitar el consentimiento pertinente a Francia» (ya que Francia autorizó la inicial Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), la cual aún está pendiente de ejecución), y no «reactivar todo el mecanismo de localización y detención, lo que duplicaría los sacrificios y riesgos para la libertad» del exjefe de ETA.
Boye indica que la situación procesal y personal de Urrutikoetxea «está claramente definida en el contexto de la cooperación judicial franco-española». De ahí que afirme que la medida «no es adecuada» y tampoco necesaria ni proporcionada, solicitando su nulidad.
Además, hace hincapié en el recurso de reforma (que debe ser resuelto por el propio Pedraz) en que la emisión de una OEDE «no es un acto aislado, sino el punto culminante de un marco normativo» que condiciona «de manera irreversible cualquier acción posterior respecto a la misma persona».
«Crear un tercer camino»
Una vez que un Estado decide ejecutar una OEDE, aunque esa entrega «no se haya concretado» -subraya- «no puede actuar como si comenzara desde cero». La defensa sostiene que su capacidad de persecución queda «legalmente restringida por los límites establecidos en la primera entrega y solo puede ampliarse con el consentimiento del Estado de ejecución» (en este caso, Francia). Por ello, solicita al instructor que pida al país vecino una ampliación de la OEDE original, anulando así la orden de búsqueda y captura.
El letrado argumenta que «cualquier intento de eludir este procedimiento» emitiendo una nueva OEDE «supone sobrepasar el diseño del legislador europeo». «Es un intento de crear un tercer camino que el Derecho de la Unión no prevé», denuncia.
Las autoridades francesas, recuerda, ya acordaron ejecutar esa OEDE previa, la cual aún está pendiente, por lo que una vez que el exjefe de ETA «pise suelo español en cumplimiento de esa OEDE, España queda obligada a respetar las condiciones de la decisión francesa». «No puede ampliar el procesamiento sin más ni aplicar nuevas medidas privativas de libertad por hechos que trasciendan lo originalmente autorizado», subraya Boye. Y «aún menos», añade, «puede emitir una nueva OEDE».
No hay justificación
No obstante, critica que Pedraz «ha procedido como si no existiera un Estado de ejecución con derechos y obligaciones propias», desestimando que «la entrega previa condiciona inexorablemente el régimen de persecución penal» en relación con «Josu Ternera». Emitir una nueva orden de detención «sin involucrar al Estado francés», alerta el letrado, implica tratar a este como un mero espectador, cuando la Decisión Marco le asigna un papel crucial y necesario.
La defensa de «Josu Ternera» sostiene que Pedraz tampoco justificó adecuadamente la adopción de la medida, lo que, a su juicio, vulnera el derecho del exdirigente de ETA a «una respuesta fundamentada y controlable» y le priva de «la posibilidad real de defenderse en el aspecto clave del procedimiento de cooperación».
El abogado invoca el principio de especialidad (que exige ajustarse a los hechos por los cuales el país que retiene al reclamado consiente su entrega). De no hacerlo, advierte, «aceptar esta práctica implicaría convertir la OEDE en un instrumento capaz de menoscabar gradualmente la esfera de libertad personal, mediante sucesivas órdenes, sin la garantía de un control interestatal efectivo».
Detenido en 2019
En la resolución donde el juez Pedraz ordena la búsqueda y captura de «Josu Ternera» por un delito de integración en organización terrorista en grado de dirigente, se recuerda que tras su detención en Francia en mayo de 2019 se hallaron en su domicilio, una cabaña de montaña en las proximidades de Saint Gervais-Les Bains, en la región de Ródano Alpes, documentos «cuya tenencia estaba reservada exclusivamente a un reducido y muy selecto grupo de miembros de ETA, considerados como sus entonces líderes».
El magistrado de la Audiencia Nacional argumenta que desde su huida de España en 2002 y hasta su detención, ha actuado «como uno de los más altos dirigentes de la banda terrorista ETA». «No puede explicarse de otro modo» la posesión de esos documentos, ni que haya participado en nombre de la organización en encuentros con representantes del Gobierno de España. «Tampoco puede explicarse de otro modo, por último, que fuera la persona elegida para anunciar en nombre de ETA su disolución», enfatizaba Pedraz.
En febrero de 2005, el juez procesó a Urrutikoetxea, decisión que fue revocada en junio de ese mismo año por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de dicho tribunal. Posteriormente, la Fiscalía solicitó la ampliación del procesamiento de «Josu Ternera», lo cual el instructor acordó, citándole para declarar el pasado jueves y comunicarle esa decisión.
Sin embargo, el 28 de noviembre la defensa del exdirigente etarra pidió la suspensión de la comparecencia, dado que las autoridades francesas no habían autorizado que se le investigara por los nuevos hechos derivados de la ampliación del procesamiento, o en su defecto que se ampliara la orden europea de detención inicial, petición que fue respaldada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional y que fue ignorada por Pedraz.



