Juez concede incapacidad permanente a trabajador autónomo debido a dolor pélvico.
El Juzgado de lo Social número 7 de Madrid ha otorgado una incapacidad permanente total a un psicoterapeuta autónomo que padece un dolor pélvico severo, argumentando que esta condición le imposibilita realizar su trabajo con eficacia y en un nivel mínimo de productividad.
La decisión judicial concede la Incapacidad Permanente Total (IPT) al afectado, quien fue asistido por el despacho Abogados Parrado Asesores, al determinar que su condición médica le impide llevar a cabo su actividad regular de atención a pacientes.
De acuerdo con la sentencia, el dolor pélvico crónico que sufre el demandante limita de manera considerable habilidades esenciales para la práctica de la psicoterapia, como la sedestación prolongada, la atención continua y la regularidad funcional. Sin embargo, la IPT no le impide realizar otras actividades laborales compatibles con sus limitaciones físicas, tanto como autónomo como en régimen de dependencia.
Desde el despacho legal destacan que el caso incluye varios elementos innovadores en el ámbito de la jurisdicción social. Primero, refuerza la tendencia de los tribunales a reconocer incapacidades laborales en trabajadores autónomos, incluso en situaciones donde no están dados de alta en una empresa como empleados.
Además, la sentencia considera la patología como una enfermedad rara, lo que elimina la necesidad de períodos previos de incapacidad temporal. También resalta el impacto del dolor crónico refractario, especialmente relevante en profesiones de salud donde la atención directa a pacientes no es viable con este tipo de condiciones.
El proceso judicial se interpuso directamente contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había rechazado la incapacidad en la vía administrativa al argumentar que las lesiones “no constituían una disminución de la capacidad laboral”. No obstante, el juez revoca esta decisión y concluye que el cuadro clínico presentado refleja patologías crónicas que afectan de forma severa la capacidad funcional del demandante.
Asimismo, la sentencia enfatiza que durante el procedimiento administrativo no se valoró de manera adecuada la documentación médica presentada. En contraposición, la prueba pericial presentada en el juicio incluye estudios neurofisiológicos y ecografías avanzadas que evidencian la compresión bilateral del nervio pudendo, lo que descarta que el dolor sea únicamente subjetivo.
La perito también demostró la refractariedad terapéutica de la condición clínica, tras varios tratamientos farmacológicos e intervencionistas sin obtener mejoras significativas, lo cual refuerza el carácter crónico e irreversible de las limitaciones funcionales.
Cristina Alonso, la abogada a cargo del caso, ha indicado que “aún no hay una mentalidad entre los autónomos que exprese que tienen los mismos derechos laborales que los empleados”, y ha recordado que, dependiendo de la cotización elegida durante la vida laboral, es posible acceder a una incapacidad que ayude a mejorar la calidad de vida del trabajador.



