La Audiencia de Valencia respalda la decisión de la jueza sobre la dana en 29 de los 34 recursos presentados | Noticias de la Comunidad Valenciana.


La Audiencia de Valencia respalda de manera firme la instrucción de la jueza Nuria Ruiz Tobarra en la macrocausa relativa a la gestión de la dana que, el 29 de octubre de 2024, provocó la muerte de 230 personas en la provincia de Valencia. Hasta ahora, los seis magistrados que componen la sala segunda de la Audiencia han emitido 34 autos sobre diversos recursos presentados, de los cuales 29 han confirmado íntegramente las resoluciones de la magistrada, mientras que los cinco restantes han atendido las apelaciones (en dos casos totalmente y en otros tres de manera parcial).

Así, en el 85% de las ocasiones, la Audiencia se ha pronunciado desde mayo en concordancia con la instructora de la causa penal, la cual investiga presuntos homicidios, lesiones imprudentes y negligencia. Están presentes alrededor de cuarenta acusaciones particulares y populares, y hay dos personas bajo investigación: la consejera de Interior y encargada de las emergencias en aquel momento, Salomé Pradas, y su entonces secretario autonómico, Emilio Argüeso.

A finales de enero se cumplirá un año desde que el poder judicial decidió concentrar las diligencias abiertas en près de una veintena de juzgados de Valencia y otros municipios de la provincia, en el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que ya investigaba 75 muertes en localidades de su partido judicial. Esto se estaba llevando a cabo desde Valencia, dado que las instalaciones judiciales en el lugar donde se registraron 25 muertes quedaron gravemente dañadas por el mortífero desbordamiento del barranco del Poyo.

El contacto directo con la tragedia y con los familiares de las víctimas es evidente en los numerosos autos y diligencias emitidos casi a diario por la magistrada, quien es responsable exclusivamente de la macrocausa desde marzo, cuando fue exonerada de sus funciones ordinarias por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En ese mes, tomó la decisión más significativa hasta la fecha al citar como investigados a Pradas y Argüeso, basándose en sus competencias y reiterando que el aviso a la población a través del sistema Es-Alert a las 20:11 horas del 29 de octubre “fue tardío” y de contenido “erróneo”, al no advertir a la población sobre la necesidad de ponerse a salvo en altura.

La Audiencia de Valencia respaldó la decisión de imputar a ambos funcionarios, como ha hecho en la mayoría de los casos donde ha debido pronunciarse respecto a los recursos de las defensas o de las acusaciones, que constantemente presentan diversas peticiones a la magistrada.

José Manuel Ortega Lorente, presidente de la Audiencia de Valencia, destacó a finales de octubre, un mes después de asumir el cargo tras ser nombrado por el CGPJ, que los recursos a la instrucción de la causa son resueltos por los seis magistrados de la sección segunda a la que él pertenece, para asegurar “la mayor calidad posible en sus resoluciones” e incluir la “perspectiva” de todos sus integrantes, quienes están “constantemente instruidos en la causa”. Afirmó que las críticas hacia la jueza son “lícitas”, pero sugirió que algunas parecen diseñadas para “generar algún tipo de desequilibrio, impactar” en la instructora.

El respaldo de los seis magistrados a la instrucción contrasta con las severas críticas (que incluso han originado alguna campaña mediática de descalificación personal) dirigidas contra la magistrada por parte de los investigados, de algunas acusaciones y ciertos medios de comunicación afines a la derecha y la extrema derecha (que argumentan que su investigación se centra únicamente en los responsables de la Generalitat, quien maneja la gestión de la emergencia, en lugar de abordar al Gobierno) o algunos políticos, aunque en este caso las descalificaciones no suelen hacerse públicas.

El último auto de la Audiencia, proporcionado el pasado martes, ratifica la decisión de la jueza de no investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo. El órgano judicial desestimó el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular ejercida por el partido Valores, representado por una persona cercana al expresidente de la Generalitat, Francisco Camps.

En su escrito se argumenta que Polo no puede ser responsabilizado porque “los encargados de la emergencia, directores del plan especial de inundaciones, no hicieron uso del SAIH, no analizaron los datos pluviométricos, las previsiones meteorológicas ni las informaciones de los medios de comunicación, ni las llamadas al 112, o que, a pesar de saber que los barrancos estaban al borde del colapso, no los controlaron”.

Auto discrepante

Ha existido un pronunciamiento discrepante (parcialmente) de la Audiencia respecto a una decisión de la magistrada que ha influido considerablemente en la instrucción desde entonces. Se hizo público el 23 de octubre y ordenó citar como testigo a la periodista Maribel Vilaplana, quien compartió una comida y mantuvo una sobremesa de cerca de cuatro horas la tarde de la dana con el entonces presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, del PP, quien dimitió el pasado 3 de noviembre. Ruiz Tobarra había rechazado la testifical en varias ocasiones, argumentando que Mazón no era objeto de su investigación por estar aforado. Sin embargo, había invitado al expresident a declarar de manera voluntaria.

La Sala Segunda coincidió con la magistrada instructora en que Mazón, quien dimitió como presidente el pasado 3 de noviembre aunque conserva su acta de diputado autonómico, al ser aforado, queda “fuera del ámbito subjetivo de la investigación que dirige”, pero indicó que esto “no impide que se deban llevar a cabo diligencias pertinentes y útiles para la investigación”.

“No se puede descartar que, al ser interrogada en las condiciones y con las garantías del proceso penal, pueda proporcionar detalles o matices de interés para la investigación. Su testimonio, además, podría aportar información que solo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores poseen”, señala el auto de apelación.

“Por el momento, es necesario avanzar en la investigación (…) y solo si la juez de Instrucción detectara indicios reforzados, fundados, de criminalidad contra el president y, luego de una exposición razonada, el TSJ compartiera la valoración de la juez, podría ampliarse el ámbito subjetivo de la investigación al mismo, siendo el Tribunal Superior de Justicia el órgano competente para tal efecto”, añadía.

Desde entonces, la magistrada utiliza la argumentación contenida en este auto para justificar diversas actuaciones y citaciones como testigos.

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