La familia del joven fallecido en un pabellón de Corral de Almaguer solicita 190.000 € al Sescam por falta de asistencia.


La decisión de la Fiscalía Provincial de Toledo de no acusar a los cuatro sanitarios investigados por la muerte de Cristian, el joven de 21 años en el polideportivo municipal de Corral de Almaguer (Toledo), abre la posibilidad de que un jurado popular valore si hubo omisión del deber de socorro en una actuación que la familia considera crucial en el trágico desenlace.

El abogado Ignacio Montoro, quien representa a los padres del joven junto a su colega Adrián Carriego, disiente del criterio del Ministerio Público y sostiene que existen «indicios claros» de un delito de omisión del deber de socorro profesional.

A su juicio, los autos de instrucción muestran contradicciones significativas entre las declaraciones de la enfermera y el médico del centro de salud.

Según ha comentado Montoro a EL ESPAÑOL de Castilla-La Mancha, la enfermera afirmó que informó al médico sobre la situación y que no consideró que fuera una urgencia vital, mientras que el médico indicó que no fue notificado y que, de haber sabido la gravedad, habría acudido «corriendo» a auxiliar.

Activación de recursos

«Uno dice A y el otro B», sintetiza Montoro, quien opina que esta disparidad refuerza la necesidad de que un jurado popular evalúe la credibilidad de ambas versiones.

La acusación particular añade que la activación de recursos como una UVI móvil y un helicóptero sanitario por parte del 112 demuestra la seriedad del caso. «No se activa un helicóptero por un pequeño golpe«, subraya el letrado, enfatizando que esos medios son para emergencias vitales.

Según los padres, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que la activación de servicios de emergencias no exime automáticamente de responsabilidad si el profesional es consciente de una situación de desamparo cercana y puede intervenir.

En este caso, el centro de salud estaba a unos 650 metros del polideportivo. La familia sostiene que, de haber sido conscientes de la gravedad, los sanitarios debieron acudir de inmediato, incluso utilizando un vehículo particular que ofrecieron presentes en el lugar.

Por estos hechos, la acusación particular solicita para los dos sanitarios una pena de multa que podría oscilar entre 3.000 y 8.000 euros, dependiendo de la cuota diaria, tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión y una indemnización cercana a 190.000 euros para los padres del fallecido.

El juicio será llevado a cabo por un jurado popular. Según ha detallado Montoro, este miércoles se prevé la constitución del jurado, con la selección de los nueve miembros titulares y los suplentes. El jueves se llevará a cabo la prueba, con las declaraciones de los acusados, testigos y peritos, y posteriormente se formularán las conclusiones finales y se entregará al jurado el objeto del veredicto.

La deliberación podría iniciar el viernes y, según la estimación de la acusación particular, el veredicto podría conocerse incluso esa misma tarde, ya que no se trata de una causa con pruebas especialmente complejas ni con un número elevado de testigos.

Decisión de la Fiscalía

Frente a esta postura, la Fiscalía Provincial de Toledo ha decidido archivar la causa contra V.F.M., F.A.C., C.F.G. y A.M.A., investigados por un supuesto delito de omisión de socorro tras el fallecimiento, el 26 de enero de 2018, de C.P.M., quien sufrió una parada cardiorrespiratoria mientras jugaba un partido de fútbol.

En su comunicado, el Ministerio Público concluye que no hay suficientes indicios de responsabilidad criminal y atribuye lo acontecido a «una serie de malentendidos que resultaron en un desenlace trágico no previsto por nadie«.

Según la reconstrucción de los hechos, tras el desmayo del joven a las 19:55 horas se llamó al 112, activándose una UVI móvil desde Quintanar de la Orden, y posteriormente un helicóptero sanitario.

La ambulancia llegó al pabellón a las 20:26 horas, cuando el joven se encontraba en asistolia, y fue trasladado al Hospital Virgen de la Salud de Toledo, donde falleció al día siguiente.

La Fiscalía argumenta que, hasta casi el final, los sanitarios del centro de salud no tenían pleno conocimiento de que se trataba de una urgencia vital, ya que inicialmente se había informado de que el joven «se había caído y tenía una brecha».

Además, destaca que la enfermera hizo llamadas para confirmar la activación de emergencias y que no se puede suponer una denegación de ayuda intencionada o dolosa.

Será ahora el jurado popular quien determine si hubo responsabilidad penal en unos hechos que, ocho años después, siguen presentando dos enfoques jurídicos «claramente opuestos».

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