La Fiscalía solicita el archivo del caso contra Ana Millán debido a la ausencia de pruebas de corrupción.
La Fiscalía del Área de Móstoles-Fuenlabrada ha solicitado el archivo de la causa abierta contra la exalcaldesa de Arroyomolinos y vicesecretaria de Organización del PP de Madrid, Ana Millán, por supuestos delitos de corrupción relacionados con varios contratos que se consideran irregulares durante su período como concejal.
Esto se detalla en un escrito en el cual la fiscal del caso pide al Tribunal de Instancia de Navalcarnero, plaza número 6, el sobreseimiento provisional al no encontrarse «debidamente» acreditados los delitos en cuestión.
La Fiscalía envía este escrito al juzgado que lidera la investigación tras la anulación, por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, de la extensión a seis meses de la investigación debido a que la prórroga no contaba con justificación legal.
La investigación judicial contra la ‘popular’ inició luego de denuncias sobre irregularidades en contratos municipales con un empresario, que supuestamente incluían pagos hacia la vivienda de Millán y contratos para su entorno familiar, según un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
La fiscal menciona que “las diligencias realizadas no han logrado demostrar que Ana Belén Millán hubiera recibido ingresos de Francisco Vicente R. B. por su condición de concejal, ni su conexión con alguna actividad en el ejercicio de su cargo”.
De este modo, explica que no está comprobado que estos ingresos de origen dudoso provinieran de Francisco Vicente, “pues la investigada ha justificado la mayoría de los ingresos en efectivo de origen desconocido en sus cuentas bancarias, y respecto a los ingresos de origen incierto que de acuerdo con el informe del 8 de abril de 2024 de la Unidad Central Operativa ascendían a 42.650 euros entre los años 2008 y 2014”.
Según la fiscal, la única duda surgía de la coincidencia temporal entre el inicio de los ingresos de Ana Belén Millán y los pagos realizados a su pareja y hermana por empresas asociadas a Francisco Vicente R. B..
No obstante, señala que dichos ingresos eran consecuencia de rendimientos por trabajos efectivamente realizados o del alquiler con opción de compra de un ático, sin que se demostrara «influencia» de Millán para beneficiar a las empresas vinculadas a R., ni que existiese trato de favor por su condición de concejal del Ayuntamiento de Arroyomolinos.
La documentación y los testimonios no han establecido ninguna conexión entre los ingresos investigados y los contratos adjudicados a las empresas de Roselló. Por esta razón, se coincide con la conclusión de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que determinó que los hechos analizados no constituyen delito ni presunta corrupción.
Por lo tanto, el Ministerio Fiscal solicita que se dicte un auto de sobreseimiento provisional según lo establecido en el artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dado que «no se ha acreditado la comisión de los delitos que motivaron la apertura de la causa».



