La justicia elimina la tasa de basura de Almeida debido a importantes errores en su procedimiento | Noticias de Madrid


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nula la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid para 2025 debido a irregularidades significativas en su proceso de tramitación, según una de las sentencias a la que ha accedido EL PAÍS. Esta tasa, que se introdujo como la primera en la capital y comenzó a aplicarse en septiembre del año pasado—en medio del malestar de los vecinos por las diferencias en tarifas entre barrios, que variaban desde 60 euros en algunos hasta más de 200 en otros—ha sido objeto de varios recursos interpuestos por diversas entidades y organizaciones. La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM ha válido esos recursos, declarando la nulidad total de la tasa relacionada con la gestión de residuos. El Ayuntamiento tiene un plazo de 30 días para presentar un recurso de casación, aunque aún no se ha manifestado al respecto.

El motivo de la nulidad de la tasa, según el TSJM, radica en un defecto durante el trámite de información pública. En particular, el Ayuntamiento no hizo pública la totalidad del informe técnico-económico (ITE), que es esencial para explicar y justificar el cálculo de la tasa. “El ITE presenta el resultado, pero no se puede responder a cómo se han homogenizado los distritos ni contabilizado los kilogramos de residuos por actividad no residencial, permitiendo así, mediante resta, obtener los kilos de residuos por inmueble residencial”, señala el texto. En la sentencia se enfatiza que los trámites de información pública y alegaciones “no son meros requisitos formales, sino garantías sustanciales del procedimiento de elaboración de disposiciones generales”. Por lo tanto, concluye que “al no publicarse el informe que justifica el origen de los datos de generación [de residuos] por actividad, la Administración ha privado al ciudadano de un elemento esencial del expediente administrativo”.

El aspecto central de la sentencia es la ausencia de un estudio externo—incluido en el anexo 6 del mencionado informe—que determinaba cuántos residuos generaban diversas actividades económicas y que servía de base para calcular la cuota. Sin esta información, el tribunal sostiene que los ciudadanos no podían comprender adecuadamente cómo se asignaban las cantidades de basura a cada sector o barrio. “La publicidad debe ser completa para que el derecho a participar sea efectivo, y la ocultación de la base técnica sobre la que se fundamenta la carga tributaria impide que los interesados conozcan los fundamentos de la norma y, por ende, puedan reaccionar ante ellos, lo que vicia el proceso de nulidad por violación de las garantías procedimentales básicas”, afirma el texto.

El TSJM cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo: “Este ha reiterado que el informe técnico-económico debe preceder a la aprobación de la tasa y ser accesible, dado que su falta o configuración deficiente impide el control de la racionalidad en la distribución del coste del servicio”. Este defecto, se añade, no puede ser corregido posteriormente porque “la participación ciudadana debe realizarse con información completa y veraz que permita verificar si la tasa es proporcional al residuo generado o si, en su lugar, incurre en un cálculo arbitrario”. Y con la información publicada por el Ayuntamiento, esto no era posible. El tribunal rechaza el argumento del Gobierno local de que la información faltante en el anexo era auxiliar o complementaria, insistiendo en que “constituyen el núcleo fundamental para conocer los residuos atribuidos a las actividades económicas, con sus diferentes tipologías, así como a los residentes en los diferentes barrios”.

Más de 130.000 personas presentaron reclamaciones ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM) o a la Agencia Tributaria, y tanto la oposición como la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (Fravm) fomentaron campañas para motivar a los ciudadanos a recurrir en masa el pago. Más Madrid y la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) también impugnaron la ordenanza que ahora ha sido anulada por el tribunal. El Consistorio estima que la recaudación por la tasa de basuras representa alrededor de 300 millones de euros anuales para las arcas públicas. Desde el Ayuntamiento señalan que el fallo del TSJM “no aborda en ningún caso cuestiones de fondo de la tasa” y que, por ahora, los servicios jurídicos están evaluando la sentencia y sus implicaciones, así como la posibilidad de interponer recurso. Esto deja a la expectativa a todos aquellos que presentaron su reclamación en tiempo y forma y que, cuando la sentencia sea firme o si el Ayuntamiento no apela, podrán solicitar la devolución del dinero pagado.

La líder de Más Madrid, Rita Maestre, afirma que su partido, que presentó un recurso y motivó a los ciudadanos a reclamarlo, “siempre tuvo claro” que el impuesto es “una chapuza y es ilegal”, y “está lleno de errores”. Considera que la sentencia del TSJM representa “una gran victoria” para los madrileños, “que se han visto perjudicados por la mala gestión de un alcalde que solo se preocupa por recaudar”. “Una tasa mal calculada, que perjudica a los barrios del sur y este de nuestra ciudad, que además son los que menos se limpian. Una tasa que no considera ni los ingresos ni el número de personas que habitan en cada hogar. Una tasa que nos ha obligado a pagar montos muy superiores a los que pagaríamos si Madrid contara con una Estrategia de Residuos capaz de medir los residuos que generamos individualmente”, añade Maestre.

Para la portavoz adjunta del Grupo Municipal Socialista, Enma López, la sentencia es un “nuevo y grave revés judicial” para el Gobierno de Almeida. “Ya advertimos que no estaba bien, que faltaba información, que no era transparente”, afirma la concejala, quien considera que el TSJM corrobora que el impuesto es “injusto”. “La pregunta que nos hacemos es qué hará el señor Almeida; si apelará, agravando aún más el perjuicio a los madrileños, y también, este año han aprobado una ordenanza completamente distinta; sin embargo, vuelven a caer en el mismo error, lo que hace muy probable que se repita este problema y que nuevamente los tribunales la anulen”, añade.

A raíz de las quejas vecinales y las críticas de la oposición, el gobierno de Almeida se vio obligado a modificar la ordenanza un mes y medio después de su implementación para que la factura de 2026 tomara en cuenta el número de empadronados en la vivienda. Así, este año el impuesto aumenta ligeramente de 141 a 142,6 euros de media por madrileño. El Ayuntamiento anunció en octubre que reformaría la Tasa de Gestión de Residuos para “proporcionar mayor seguridad jurídica y equidad” en el cálculo del nuevo tributo.

Para calcular qué paga cada madrileño en la ciudad se suman la tarifa básica, que todos abonan por el servicio de recogida y tratamiento de residuos, y la llamada tarifa por generación. La primera se basa en el valor catastral del inmueble y la segunda en el volumen de basura generada en el barrio, así como en una medida de la “calidad de separación” en el reciclaje, es decir, si los residuos están correctamente separados. Con la modificación se añade también el número de personas empadronadas en cada vivienda. Para ello, el Ayuntamiento establece tarifas distribuidas en diez tramos, desde una persona empadronada hasta diez o más. Las propiedades vacías y los locales sin actividad sólo pagarán la tarifa básica, y se utilizará información del padrón para controlar las casas vacías.

Start typing and press Enter to search