Los cargos formulados contra Begoña Gómez podrían llevar a una condena de hasta 17 años.
Con la resolución del pasado lunes por parte del juez Juan Carlos Peinado de incluir a Begoña Gómez en la investigación por un delito de malversación de caudales públicos, la esposa del presidente del Gobierno acumula hasta cinco delitos. Según las sanciones establecidas en el … Código Penal, las penas podrían alcanzar, en el peor de los casos, 17 años de prisión si finalmente el asunto es llevado a juicio con una sentencia condenatoria.
Desde que el juez titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid decidiera abrir causa el 16 de abril de 2024 contra Gómez por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, han transcurrido 16 meses, durante los cuales a esos dos delitos se han añadido los de apropiación indebida, intrusismo profesional y, ahora, el de malversación. Cabe recordar que en autos anteriores tanto para ella como para su asesora se había descartado esta última acusación. Todos los delitos están relacionados con el inicio de su carrera profesional desde que llegó al Palacio de La Moncloa junto a Pedro Sánchez.
El Código Penal establece que el tráfico de influencias puede llevar penas de cárcel de hasta dos años; la malversación podría conllevar hasta seis años de prisión; la corrupción en los negocios, hasta cuatro años; el intrusismo, un máximo de tres años; y la apropiación indebida podría acarrear dos años de cárcel si el software de la Complutense se considera de valor científico.
El tráfico y la corrupción
La denuncia que originó la causa, presentada por el sindicato Manos Libres, afirmaba que Begoña Gómez, «aprovechándose de su estatus personal como esposa del presidente del Gobierno, habría recomendado o avalado por carta a empresarios que se presentaban a licitaciones públicas».
Se indicó que uno de esos empresarios favorecidos era Juan Carlos Barrabés y que esos avales «dispararon» las adjudicaciones que su empresa y las uniones temporales (UTE) en las que participaba lograron.
Dicha denuncia, que se apoyaba en artículos periodísticos, fue considerada por el magistrado, quien decidió imputar a Gómez por delitos de tráfico de influencias y corrupción. Así comenzó una investigación que ha evolucionado y que, al menos en parte, ha contado con el respaldo de la Audiencia Provincial de Madrid, aunque desde un inicio la Fiscalía pidió su archivo al no detectar indicios.
De hecho, cuando la Sección 23 de la Audiencia Provincial limitó en octubre de 2024 por segunda vez la instrucción -desestimando nuevamente esta línea de investigación sobre la intervención de Begoña Gómez en el rescate de Air Europa y los beneficios laborales que habría podido obtener a cambio- se indicó que, presuntamente, «la denunciada podría estar amparándose en su condición de esposa del presidente del Gobierno para ofrecer su influencia personal en la adjudicación de contratos públicos sustanciosos en favor de determinadas empresas que, a su vez, le otorgaban soporte en la expansión de su carrera profesional».
Esa carrera profesional estaba relacionada con sus funciones en másteres realizados en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), particularmente en la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva que encabezaba. La Sala explicó que debía investigarse toda actividad realizada por la investigada en conexión con el inicio de su trayectoria profesional, abarcando desde la creación de dicha cátedra hasta la relación con terceros -personas físicas, empresas o instituciones- que le proporcionaron «soporte, financiación, patrocinio, colaboración o ayuda, económica, logística, de formación, o de cualquier tipo».
Además, el tribunal respaldaba la tesis de Peinado, indicando que en las adjudicaciones a la UTE formada por Innova Next SLU -asociada a Juan Carlos Barrabés, también investigado- se había comprobado «la intervención personal de la denunciada», lo que justificaba «datos objetivos suficientes para legitimar el inicio de la investigación».
Y se centraba en «la notable variación, cuantitativa y cualitativa» que experimentó la relación del Grupo Barrabés con la Administración Pública «cercana temporalmente a la obtención de la cátedra y al despegue de los másteres para Begoña Gómez». Según la investigación de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, Innova Next obtuvo cerca de 21 millones de euros a través de 11 contratos públicos, todos ellos durante 2021 y 2022.
A pesar de ello, la Audiencia Provincial de Madrid ya advertía que el delito de tráfico de influencias «es de difícil concreción (…), siendo de muy escasa aplicación práctica, y complejo de probar salvo que haya algún informante interno».
Por ambos delitos, la esposa de Sánchez fue llamada a comparecer ante el juez en dos ocasiones, pero en ninguna llegó a declarar. Así, el 5 de julio alegó que no había recibido notificación adecuada de la querella y no podía participar en el interrogatorio al desconocer las razones de su investigación. El 19 de julio, su abogado, el exministro socialista Antonio Camacho, le recomendó no declarar por considerar que el procedimiento no garantizaba adecuadas condiciones.
Apropiación e intrusismo
Tras el verano de 2024, que resultó muy activo en términos procesales por las numerosas diligencias y declaraciones ordenadas por el juez, Peinado aceptó en octubre de 2024 una nueva querella, presentada por la asociación Hazte Oír, para investigar si Begoña Gómez había incurrido en otros dos delitos: apropiación indebida e intrusismo laboral, en relación a la creación de un software que promovió en su cátedra extraordinaria de la UCM para ayudar a pequeñas y medianas empresas a cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible y conseguir certificados válidos para solicitar financiación pública y privada.
En el auto que la citaba nuevamente como investigada, el juez afirmó que presuntamente la esposa del presidente del Gobierno «habría inscrito a su favor» la marca TSC Transformación Social Competitiva y, posteriormente, el software de la cátedra, que había sido financiado por empresas, pero «siempre para la UCM».
Además, consideró relevante investigar su posible intrusismo por haber elaborado los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación -por parte del Rectorado de la Complutense- del servicio de asistencia y asesoría técnica y tecnológica para la creación de esa plataforma de gestión y medición de impacto para las pymes en dicha universidad.
El juez destacó que Begoña Gómez había desempeñado este papel sin haber demostrado «disponer de conocimientos ni facultades para estar cualificada técnicamente» para elaborar los pliegos mencionados. En esta ocasión, la esposa de Sánchez sí compareció ante el juez en noviembre, pero sólo respondió a preguntas de su letrado.
La malversación
Aunque Hazte Oír solicitaba que se la investigara por administración desleal, el juez decidió no incluir este delito porque «no se puede deducir» que tuviera «la encomienda de administrar o gestionar bienes» de la UCM. Asimismo, descartó investigar por malversación al considerar que no tenía el estatus de autoridad o funcionario.
Sin embargo, ahora le imputa ese delito, pero en este caso por el uso que habría hecho de su asesora, Cristina Álvarez, para fines privados y diferentes a los que se le habían asignado debido a su cargo.
Este procedimiento se inició tras una querella presentada por Vox. Para fundamentar esta decisión, el juez se basó en un auto de la Audiencia Provincial en el que se indicaba la necesidad de investigar las funciones desempeñadas por la asistente.
El juez acordó investigar a Álvarez por este delito a pesar de que el tribunal advirtió que no podría haber incurrido en malversación ya que este delito sólo puede ser cometido por quien destina o utiliza ese recurso (humano) para otros fines.



