Propietarios de una o dos casas quedan libres de las medidas contra desahucios en el nuevo escudo social | Vivienda | Economía
El Gobierno ha decidido dividir el decreto ómnibus que fue rechazado hace pocos días en el Congreso en dos partes, con el objetivo de avanzar en la revalorización de las pensiones por un lado, y en otras medidas para mantener el escudo social por otro. En este segundo grupo se encuentran las relacionadas con la vivienda, aunque con algunas modificaciones respecto al texto original. Las principales las anunció la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes después del Consejo de Ministros. La más relevante ―que ya había sido anticipada por el PNV antes de finalizar la reunión― implica la exclusión de los propietarios de una o dos viviendas de las medidas antidesahucios. La suspensión del desahucio tampoco se aplicará si el arrendador está en situación de vulnerabilidad.
Con este movimiento, el Ejecutivo busca el apoyo de los nacionalistas vascos que han exigido una excepción para los pequeños tenedores con el fin de asegurar su respaldo. Esto significa que, en esos casos, a pesar de que el inquilino esté en una situación vulnerable, el propietario no sufrirá la suspensión extraordinaria del desahucio.
El Ministerio de Vivienda argumenta que el nuevo marco mantendrá la protección para las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas imprevistas, no pueden pagar el alquiler. Esta ha sido una demanda constante de varios colectivos de afectados desde la aprobación inicial de la moratoria antidesahucios durante la pandemia. La última prórroga venció el 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que 60.000 desalojos podrían reanudarse sin una nueva extensión.
El departamento dirigido por Isabel Rodríguez especifica que los propietarios de una o dos viviendas (o aquellos en situación de vulnerabilidad) a quienes sus inquilinos no les paguen las rentas no serán afectados por la nueva prórroga del escudo social; y establece que será responsabilidad de los servicios sociales correspondientes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia. La nueva redacción del texto introduce, por lo tanto, una excepción en la situación que se había estado gestionando durante los últimos tres años, aunque solo aplicará a los pequeños tenedores.
Los arrendatarios podrán solicitar la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran estar en situación de vulnerabilidad; para ello, deberán solicitar un informe a los servicios sociales competentes, que determinarán las medidas a implementar en cada caso. Posteriormente, será un juez quien, con toda la documentación presentada, decida si se ejecuta o no la suspensión del proceso.
Para iniciar el procedimiento, el arrendador tendrá un plazo máximo de diez días para demostrar, de igual manera, una situación de vulnerabilidad que anule la paralización del desalojo. Si se prueba que la vulnerabilidad del arrendador es superior a la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes tendrán que adoptar las medidas indicadas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia afectada.
El apoyo de Junts, en el aire
Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición limar diferencias con el PNV y obtener su apoyo explícito para este real decreto, a pesar de que, aunque votaron a favor del ómnibus, expresaron críticas por la falta de una salvaguarda en la moratoria, que ahora se incluye. Aún se desconoce si este cambio logrará atraer a Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda esperan que así sea.
El nuevo real decreto ―que también incluye directrices como la prohibición de cortes de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas para las poblaciones afectadas por la lluvia de octubre de 2024 o incentivos fiscales para el coche eléctrico― establece una extensión de un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Asimismo, se amplía el plazo para solicitar compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.



