Un tribunal frena la destitución del jefe de la Policía de Lleida debido a una condena previa por acoso sexual | España
Un nuevo revés judicial para el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido suspender la resolución que tomó el pasado 16 de diciembre, en la que cesaba al comisario Antonio José Royo Subías como jefe de la Policía Nacional en Lleida. Esto se debe a que 22 años atrás fue condenado por acoso sexual hacia una subordinada. En un auto, que ha sido adelantado por Abc y al que ha tenido acceso EL PAÍS, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Cuarta del TSJ de Cataluña concluyen que la orden de cese “podría contener múltiples vicios de pleno derecho y de anulabilidad”, incluyendo que se adoptó sin escuchar al alto mando y con el único argumento de que mantenerlo en su puesto podría causar “un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional”.
Por lo tanto, los magistrados han determinado que, mientras se resuelve el recurso presentado por el comisario, este debe retomar provisionalmente su puesto como jefe de la Comisaría Provincial de Lleida. Sin embargo, también advierten que esta medida “no implica perpetuar” su permanencia en el cargo y dejan abierta la posibilidad de que el Interior designe a otro comisario, dado que Royo fue nombrado de manera provisional. No es la primera vez que la justicia corrige a Grande-Marlaska en relación con el cese de un mando policial. En 2023, el Tribunal Supremo consideró ilegal la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid.
El comisario Royo fue destituido apenas una semana después de que se hiciera pública su condena en junio de 2003 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, tras haber acosado sexualmente a una agente en 1999 y propinado “un manotazo en el glúteo”. Debido a estos hechos, fue considerado culpable de un delito de acoso sexual, agravado por su posición de superioridad, lo que resultó en una multa de 1.080 euros y una indemnización de 3.000 euros para la víctima. Como la sentencia no contemplaba penas accesorias de inhabilitación (que se introdujeron con la reforma del Código Penal de 2022), el agente, que en ese momento era inspector jefe de la Unidad de Intervención Policial (UIP), continuó en la Policía Nacional y ascendió a comisario en 2017.
La controversia generada, que llegó hasta el Congreso y el Senado a través de preguntas a Grande-Marlaska, provocó que al día siguiente de hacerse pública la condena, el director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, el comisario José Ángel González, emitiera una resolución que cesaba a Royo y lo trasladaba a la Jefatura Superior de Madrid como jefe de un grupo de Seguridad Ciudadana. Según detalla el auto del TSJ de Cataluña, el número dos de la Policía justificó su decisión por el “malestar generado en diversos ámbitos institucionales y de la sociedad civil tras su nombramiento”, sugiriendo que esto podría afectar negativamente la imagen de la Policía Nacional y su desempeño diario.
Royo impugnó la decisión, solicitando que se suspendiera cautelarmente su cese mientras se resolvía su recurso. Argumentaba que, al estar cerca de la jubilación, una ejecución inmediata de la medida podría causarle “perjuicios graves y de muy difícil reparación”, dado que podría estar ya retirado cuando se conociera la sentencia. Además, afirmaba que su destitución le traería un “daño reputacional” esencialmente irreversible y una pérdida económica significativa, dado que el puesto de jefe de la Policía Nacional en Lleida conlleva un complemento de 14.500 euros anuales. Interior, a través de la Abogacía del Estado, refutó estos “daños irreversibles” y sostuvo que suspender el cese infringiría la “potestad” de la Dirección General de la Policía para “autoorganizarse”.
Los magistrados han respaldado ahora al comisario Royo, concluyendo que su cese no se había producido “en el marco de un procedimiento disciplinario/sancionador, ni por ningún hecho actual y presente que evidencie un riesgo en el desempeño de sus funciones”. También resaltan que una decisión de esta índole “exige ciertas cautelas y garantías” que no se cumplieron, como el derecho a ser escuchado. Además, critican que la decisión de Interior se base en “formulaciones genéricas” sobre la reputación de la Policía, sin especificar “qué hechos operativos, incidencias del servicio o razones funcionales concretas hacen necesario” el cese. De hecho, afirman que esta falta de motivación “podría dar lugar a la nulidad de la resolución administrativa”.
El auto también señala que la resolución del ministerio no incluyó la sentencia de 2003 que condenó al comisario Royo por acoso sexual, limitándose a referirse a las informaciones recientes que llevaron a su destitución. En este contexto, se recuerda que “el posible borrado y olvido de los antecedentes penales es un derecho que el Código Penal otorga a todos los condenados y está íntimamente relacionado con la orientación constitucional de nuestro sistema penal hacia la reinserción social”. Además, se subraya que la falta de consideración de esta sentencia por parte del Interior al tomar el nombramiento indica que el cese fue, en realidad, “una reacción coyuntural” al revuelo mediático.
La resolución judicial también destaca que Royo cuenta con “un extenso expediente profesional de 41 años de servicio, con más de 80 felicitaciones públicas, condecoraciones y destinos de alta responsabilidad internacional, como Consejero de Interior en la embajada de España en Argel, sin ninguna incidencia, disciplinaria o no”, por lo que los magistrados no ven riesgos en que asuma el cargo de jefe provincial de la Policía Nacional en Lleida. De hecho, recalcan que “la propia resolución de cese no identifica problemas de seguridad ciudadana, fallos operativos, pérdida de coordinación o conflictos internos concretos, sino únicamente una afectación a la imagen”.



