La reciente advertencia emitida por Consumo a las inmobiliarias respecto a la “ilegalidad” de cobrar comisión por la gestión a los interesados en arrendar una vivienda ha generado un profundo impacto en el sector. Esta medida, que busca proteger los derechos de los consumidores, resalta la importancia de garantizar la transparencia y legalidad en las prácticas comerciales. La prohibición de imponer cargos indebidos a los arrendatarios refleja el compromiso de las autoridades por velar por la equidad y justicia en el mercado inmobiliario. Es fundamental que las empresas del rubro ajusten sus políticas a la normativa vigente para evitar posibles sanciones y preservar la confianza de sus clientes. Esta noticia pone de manifiesto la relevancia de promover una cultura empresarial basada en la ética y el respeto a los derechos de los consumidores.
Advertencia del Ministerio de Consumo sobre cobro ilegal de comisiones en arrendamientos
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 emitió este viernes una advertencia a las inmobiliarias, señalando que es ilegal cobrar comisiones por la gestión a las personas interesadas en arrendar una vivienda. La Dirección General de Consumo ha iniciado una investigación y ha notificado a diversas empresas inmobiliarias que no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos.
Se ha tenido conocimiento de que ciertas empresas han obligado a los interesados en arrendar una vivienda a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento, la cual equivaldría a un mes de alquiler más un 21% de IVA. Esta práctica, según el departamento de Pablo Bustinduy, va en contra del artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, establecido por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda.
La ley determina que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato deben ser asumidos por el arrendador, por lo que cualquier cláusula contractual o imposición de cargos adicionales al arrendatario podría considerarse abusiva según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
La infracción de este tipo está calificada como falta grave, con multas que oscilan entre 10.001 y 100.000 euros, pudiendo llegar a ser hasta cuatro o seis veces el beneficio obtenido ilegalmente, según informó el gabinete de Bustinduy.
Descenso del 16% en la compraventa de viviendas en Madrid durante 2023
Por otro lado, se ha dado a conocer que la compraventa de viviendas en Madrid ha experimentado una caída del 16% durante el año 2023. Esta situación refleja un panorama complejo en el mercado inmobiliario de la capital.
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