El Ejecutivo pide a Arganda cumplir con la normativa y activar áreas de reducción de emisiones

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El Ejecutivo pide a Arganda cumplir con la normativa y activar áreas de reducción de emisiones

En un llamado a la acción, el Ejecutivo ha solicitado a la localidad de Arganda que cumpla con la normativa vigente en materia de medio ambiente y active áreas de reducción de emisiones. Esta petición se enmarca en el marco de la lucha contra el cambio climático y la contaminación ambiental, dos de los principales desafíos que enfrenta la sociedad actual. La medida tiene como objetivo reducir la huella de carbono en la zona y mejorar la calidad del aire, lo que tendrá un impacto positivo en la salud y el bienestar de los ciudadanos. En los próximos días, se esperan anuncios sobre las medidas concretas que se implementarán para lograr este objetivo.

Delegación del Gobierno advierte a Arganda y otros dos municipios sobre incumplimiento de la ley de reducción de emisiones

La Delegación del Gobierno en Madrid ha advertido a los Ayuntamientos de Arganda del Rey, Aranjuez y Valdemoro que podrían quedarse sin ayudas estatales para el transporte público si no cumplen con la normativa de reducción de emisiones.

La Delegación del Gobierno de España en la Comunidad de Madrid ha remitido cartas a los tres municipios en el marco de la Semana Europea de la Movilidad, reclamándoles que pongan en funcionamiento las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), tal y como les exige la implantación de la Ley contra el Cambio Climático.

Este verano, el Ministerio de Transición Ecológica ya había enviado un requerimiento a Arganda del Rey, al que no se contestó, mientras que los otros dos municipios respondieron con evasivas.

«Estos municipios han mostrado públicamente su intención de incumplir la legislación vigente. En las cartas se recuerda que los municipios que no cumplan con la normativa no recibirán ayudas estatales al transporte público a partir del año 2025», afirma la Delegación.

Ley 7/2021 y planes de movilidad urbana sostenible

La Ley 7/2021, de 20 de mayo, establece en su artículo 14.3 que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios con más de 20.000 habitantes, cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, deberán adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación, para reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, como mínimo, el establecimiento de ZBE.

«El establecimiento de estas ZBE es, pues, una obligación legal que posibilita la aplicación de medidas incluidas en el PNIEC y el PNCCA, y de los compromisos adquiridos mediante la Declaración de Emergencia Climática. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, prevé el establecimiento de zonas de bajas emisiones con el fin de mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero», agrega.

Objetivos concretos y cuantificables

«Para la consecución de dichas mejoras en la calidad del aire y la mitigación del cambio climático, es necesario, en consonancia con lo dispuesto en el preámbulo de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, fijar objetivos concretos y cuantificables, que puedan ser convenientemente monitorizados y evaluados. El establecimiento de estas ZBE, en las que se prevé la limitación del acceso, la circulación y el estacionamiento a los vehículos más contaminantes, contribuirá al cumplimiento de los objetivos en materia de calidad del aire y cambio climático, además de mejorar la salud de sus habitantes y favorecer la mejora de la calidad acústica», concluye.

Rosa Reyes

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