Un tribunal detiene la destitución del jefe de la Policía en Lleida debido a una condena previa por acoso sexual | España
Otro golpe judicial para el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido suspender la orden emitida el 16 de diciembre que cesó al comisario Antonio José Royo Subías como jefe de la Policía Nacional en Lleida, después de que se revelara que había sido condenado 22 años atrás por acosar a una subordinada para que mantuviera relaciones sexuales con él. En un auto, adelantado por Abc y al que tuvo acceso EL PAÍS, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Cuarta del TSJ de Cataluña concluyen que en la decisión de cese “podrían existir múltiples vicios de pleno derecho y de anulabilidad”, incluyendo que se adoptó sin escuchar al alto mando y basándose únicamente en el argumento de que mantenerlo en el cargo podría causar “un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional”.
Por lo tanto, los magistrados acuerdan que, mientras se resuelve el recurso interpuesto por el comisario, este regrese provisionalmente al cargo de jefe de la Comisaría Provincial de Lleida. Sin embargo, también advierten que esta medida “no implica perpetuarlo” en el puesto y dejan abierta la posibilidad de que el Ministerio del Interior lo releve por otro comisario, ya que Royo fue nombrado para el cargo de forma provisional. No es la primera vez que la justicia corrige a Grande-Marlaska por la destitución de un mando policial. En 2023, el Tribunal Supremo consideró ilegal la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid.
El comisario Royo fue cesado cuando apenas llevaba una semana en el puesto tras la publicación en diversos medios de comunicación, incluyendo EL PAÍS, de que había sido condenado en junio de 2003 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa por acosar sexualmente en 1999 a una agente bajo su mando y por darle “un manotazo en el glúteo”. Por estos incidentes, fue considerado culpable de un delito de acoso sexual con el agravante de superioridad, recibiendo una multa de 1.080 euros y una indemnización de 3.000 euros a la víctima. La sentencia no incluyó pena accesoria de inhabilitación (este castigo no fue incorporado hasta la reforma del Código Penal de 2022), por lo que el agente, entonces inspector jefe de la Unidad de Intervención Policial (UIP, conocidos coloquialmente como antidisturbios), continuó en la Policía Nacional y ascendió a comisario en 2017.
La controversia generada ―incluso llegó al Congreso y al Senado en forma de preguntas por escrito y en sesión plenaria a Grande-Marlaska― provocó que al día siguiente de la revelación de dicha condena, el director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, el comisario José Ángel González, emitiera una resolución por la que destituía a Royo y lo trasladaba a la Jefatura Superior de Madrid como jefe de un grupo de Seguridad Ciudadana. Según detalla el auto del TSJ de Cataluña, el número dos de la Policía justificó su decisión por “el malestar suscitado en diferentes ámbitos institucionales y de la sociedad civil tras su nombramiento como responsable policial en la provincia” y argumenta que esta situación impacta en el interés del servicio, pudiendo resultar en un desapego institucional y social que podría causar un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional y afectar el desempeño diario de la actividad.
La decisión fue impugnada por el comisario, quien solicitó que, mientras se resolvía el recurso que presentó, se suspendiera cautelarmente la medida ―debía incorporarse a su nuevo puesto en Madrid este viernes― al considerar que, al acercarse a la jubilación, la ejecución inmediata del cese podría causarle “perjuicios graves y de muy difícil reparación” ya que, al conocerse la sentencia, podría ya estar retirado. Además, argumentaba que su destitución le causaba un “daño reputacional” que considera “esencialmente irreversible”, así como una pérdida económica significativa dado que el puesto de jefe de la Policía Nacional en Lleida incluye un complemento anual de 14.500 euros. El Ministerio del Interior, a través de la Abogacía del Estado, desestimó esos daños “irreversibles” y sostuvo que suspender el cese vulneraba la “potestad” de la Dirección General de la Policía para “autoorganizarse”.
Los tres magistrados han respaldado al comisario Royo al afirmar que su cese no se produjo “en el marco de un procedimiento disciplinario/sancionador, ni por ningún hecho actual y presente que indique un riesgo en el desempeño de sus funciones”. También resaltan que una decisión de este tipo “requiere ciertas cautelas y garantías”, que no se habían cumplido, incluidas la de escuchar al afectado. La resolución judicial critica que la decisión del Ministerio del Interior se base en “formulaciones genéricas” sobre el impacto en el prestigio de la Policía, pero no especifica “qué hechos operativos, incidencias del servicio o razones funcionales concretas hacen imprescindible” el cese. De hecho, además añade que esta falta de motivación “es un defecto que podría resultar en la nulidad de la resolución administrativa”.
El auto también señala que la resolución ministerial omite la sentencia de 2003 que condenó al comisario Royo por acoso sexual y que solo recoge las recientes informaciones periodísticas que condujeron a su destitución. En este sentido, recuerda que “la posible cancelación y posterior olvido de antecedentes penales es un derecho que el Código Penal concede a todos los condenados y que está íntimamente ligado a la orientación constitucional de nuestro sistema penitenciario hacia la reinserción social”. También enfatiza que el hecho de que el Ministerio del Interior no hubiera tomado en cuenta esa sentencia antigua al acordar el nombramiento, revela que el cese fue, de hecho, “una reacción coyuntural” al revuelo mediático que provocó.
La resolución judicial resalta además que Royo posee “un extenso expediente profesional de 41 años de servicio, con numerosas felicitaciones públicas (más de 80), condecoraciones y altos destinos de responsabilidad internacional como Consejero de Interior en la embajada de España en Argel, sin ninguna incidencia, ya sea disciplinaria o no”, por lo que los magistrados no ven ningún riesgo en que desempeñe las funciones de jefe provincial de la Policía Nacional en Lleida. De hecho, subrayan que “la propia resolución de cese no identifica problemas de seguridad ciudadana, fallos operativos, pérdida de coordinación o conflictos internos específicos, sino únicamente una afectación a la imagen”.



