Un tribunal paraliza la destitución del jefe de la Policía en Lleida debido a una condena pasada por acoso sexual | España


Un nuevo revés judicial para el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido suspender la medida que tomó el 16 de diciembre para destituir al comisario Antonio José Royo Subías como jefe de la Policía Nacional en Lleida, tras conocerse que fue condenado hace 22 años por acosar a una subordinada para que mantuviera relaciones sexuales con él. En un auto, adelantado por Abc y al que ha tenido acceso EL PAÍS, los tres magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Cuarta del TSJ de Cataluña han afirmado que en la orden de cese “podrían existir múltiples vicios de pleno derecho y de anulabilidad”, entre ellos que se adoptó sin escuchar al alto mando y con el único argumento de que mantenerlo en el puesto podría causar “un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional”.

Por lo tanto, los magistrados han decidido que, mientras se resuelve el recurso presentado por el comisario, este regrese provisionalmente a su puesto en la Comisaría Provincial de Lleida. Sin embargo, también advierten que esta medida “no implica perpetuar” su permanencia en el cargo y dejan abierta la posibilidad de que el Interior lo reemplace por otro comisario, dado que Royo fue designado para el puesto de manera provisional. No es la primera vez que la justicia corrige a Grande-Marlaska por la destitución de un mando policial; en 2023, el Tribunal Supremo consideró ilegal la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como máximo responsable de la Guardia Civil en Madrid.

El comisario Royo fue destituido a la semana de que se publicara en diversos medios, incluido EL PAÍS, que había sido condenado en junio de 2003 por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa por acosar sexualmente en 1999 a una agente a su cargo y por propinarle “un manotazo en el glúteo”. Por estos hechos, se le consideró autor de un delito de acoso sexual con el agravante de superioridad, siendo condenado a una multa de 1.080 euros y a indemnizar a la víctima con 3.000 euros. La sentencia no incluyó penas accesorias de inhabilitación (este castigo no se incorporó a este delito hasta la reforma del Código Penal de 2022), por lo que el agente, que era inspector jefe de la Unidad de Intervención Policial (UIP), continuó en la Policía Nacional y ascendió a comisario en 2017.

La controversia generada —que llegó incluso al Congreso y al Senado a través de preguntas escritas y en pleno a Grande-Marlaska— provocó que al día siguiente de que trascendiera la condena, el director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, el comisario José Ángel González, dictara una resolución cesando a Royo y destinándolo a la Jefatura Superior de Madrid como jefe de un grupo de Seguridad Ciudadana. Según detalla el auto del TSJ de Cataluña, el número dos de la Policía justificó su decisión por “el malestar que se ha generado en diferentes ámbitos institucionales y de la sociedad civil tras su nombramiento como responsable policial en la provincia”, argumentando que esta situación repercute en el interés del servicio y podría llevar a un desapego institucional y social que génere un grave deterioro de la imagen de la Policía Nacional y afecte al desempeño diario de la actividad.

La decisión fue recurrida por el comisario, quien solicitó que, mientras se resolvía su recurso, se suspendiera cautelarmente la medida —debía incorporarse a su nuevo puesto en Madrid el viernes— argumentando que, estando cerca de la jubilación, la ejecución inmediata del cese podía ocasionarle “perjuicios graves y de muy difícil reparación”, ya que al emitir la sentencia podría ya estar retirado. Además, alegaba que su destitución le causaba un “daño reputacional” que considera “esencialmente irreversible”, así como una significativa pérdida económica, ya que el puesto de jefe de la Policía Nacional en Lleida tiene un complemento de 14.500 euros anuales. Desde Interior, a través de la Abogacía del Estado, se negaban a que existieran esos daños “irreversibles” e insistían en que suspender el cese vulneraba la “potestad” de la Dirección General de la Policía para “autoorganizarse”.

Los tres magistrados han dado la razón al comisario Royo, considerando que su cese no se había producido “en el marco de un procedimiento de carácter disciplinario/sancionador, ni tampoco por ningún hecho actual y presente que ponga de relieve un riesgo en el desempeño de sus funciones”. También destacan que este tipo de decisiones “exigen ciertas cautelas y garantías”, que no se llevaron a cabo, como la de escuchar al afectado en audiencia. La resolución judicial critica también que la decisión del Interior se basa en “formulaciones genéricas” sobre la afectación al prestigio de la Policía, pero no especifica “qué hechos operativos, incidencias del servicio o razones funcionales concretas hacen imprescindible” el cese. Así, añade que esta falta de motivación “es un vicio que podría dar lugar a la anulabilidad de la resolución administrativa”.

El auto también critica que la resolución del ministerio no haya incorporado la sentencia de 2003 que condenó al comisario Royo por acoso sexual y se limite a mencionar las recientes informaciones periodísticas que condujeron a su cese. En este sentido, recuerda que “la posible cancelación y consiguiente olvido de los antecedentes penales es un derecho que el Código Penal concede a todos los penados y que se encuentra íntimamente ligado con la orientación constitucional de nuestro sistema penológico hacia la reinserción social”. También subraya que el hecho de que Interior no considerara esa antigua sentencia al acordar el nombramiento revela que el cese fue en realidad “una reacción coyuntural” al escándalo mediático que causó.

La resolución judicial destaca, además, que Royo posee “un extenso expediente profesional de 41 años de servicio, con numerosas felicitaciones públicas (más de 80), condecoraciones y destinos de alta responsabilidad internacional, como Consejero de Interior en la embajada de España en Argel, sin ningún tipo de incidencia, ya sea disciplinaria o no”; por lo que los magistrados no ven riesgo en que asuma las funciones de jefe provincial de la Policía Nacional en Lleida. De hecho, enfatizan que “la propia resolución de cese no identifica problemas de seguridad ciudadana, fallos operativos, pérdida de coordinación o conflictos internos concretos, sino solamente una afectación a la imagen”.

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