Propietarios de una o dos casas no estarán sujetos a las medidas antidesahucios en el nuevo escudo social | Vivienda | Economía


El Gobierno ha decidido dividir el decreto ómnibus que fue rechazado recientemente en el Congreso en dos partes, con el objetivo de avanzar en la revalorización de las pensiones por un lado, y en las demás medidas destinadas a preservar el escudo social por otro. En este segundo bloque se incluyen las relacionadas con la vivienda, aunque con algunas modificaciones respecto al texto original. Las más relevantes fueron anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, tras la reunión del Consejo de Ministros. La más importante —que ya había sido mencionada por el PNV antes de que terminara la reunión— se refiere a la exclusión de las medidas antidesahucios para los propietarios que poseen una o dos viviendas. La suspensión del desahucio tampoco será aplicable en caso de que el arrendador se encuentre en una situación de vulnerabilidad.

Con este movimiento, el Ejecutivo busca ganar el apoyo de los nacionalistas vascos que habían estado solicitando una excepción para los pequeños tenedores a fin de obtener su respaldo. Es decir, que en tales casos, aunque el inquilino esté en una situación de vulnerabilidad, el propietario no tendrá que soportar la suspensión extraordinaria del desahucio.

El Ministerio de Vivienda sostiene que el nuevo marco mantendrá el escudo que protege a las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas imprevistas, no pueden hacer frente al pago del alquiler. Esta es una demanda que diferentes colectivos de afectados han expresado año tras año desde que se aprobó la moratoria antidesahucios durante la pandemia. La última renovación expiró el pasado 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que 60.000 desalojos podrían reanudarse si no se aplica una nueva prórroga.

El departamento que dirige Isabel Rodríguez precisa que los propietarios de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) que tengan inquilinos que no están pagando las rentas no se verán afectados por la nueva prórroga del escudo social; y señalan que corresponderá a los servicios sociales competentes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia. Por lo tanto, la nueva redacción del texto introduce una excepción dentro la situación que se ha dado en los últimos tres años, pero que solo aplicará a los pequeños tenedores.

Los arrendatarios podrán obtener la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran su situación de vulnerabilidad. Para ello, se solicitará un informe a los servicios sociales competentes, que identificarán las medidas a aplicar en cada caso. Posteriormente, será un juez quien, con toda la documentación presentada, decida si se ejecuta o no la suspensión del proceso.

Para iniciar el procedimiento, el arrendador tendrá un plazo máximo de diez días para demostrar de igual manera una situación de vulnerabilidad que revoque la paralización del desalojo. Si se confirma la vulnerabilidad del arrendador en mayor medida que la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán adoptar las medidas recomendadas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia en esta situación.

El apoyo de Junts, en el aire

Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar tensiones con el PNV y obtener un apoyo explícito para este real decreto por parte de la formación jeltzale, que, a pesar de haber votado a favor del ómnibus, había criticado severamente la falta de una salvaguarda en la moratoria como la que ahora se introduce. Se desconoce, por el momento, si el cambio también atraerá a Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda tienen esperanzas de que así sea.

El nuevo real decreto —que también incluye otras directrices como la prohibición del corte de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas para las poblaciones afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales para el coche eléctrico— contempla la extensión por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Además, se amplía el plazo de solicitud de compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.

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