El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo trascendental en el caso de España, declarando abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público. Esta decisión pone de relieve la importancia de garantizar la estabilidad laboral y la protección de los trabajadores en el ámbito público, destacando la necesidad de respetar los derechos laborales fundamentales. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE establece un precedente significativo que podría tener repercusiones en la forma en que se gestionan los contratos temporales en el sector público en España y en otros países de la Unión Europea. Es crucial que las autoridades competentes revisen sus políticas de contratación para asegurar el cumplimiento de las normativas laborales vigentes y proteger los derechos de los trabajadores.
### El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo el uso de temporalidad en contratos públicos en España
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió hoy un comunicado en el que señaló que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, advirtiendo sobre prácticas abusivas en la consecución de contratos públicos en diversas administraciones españolas.
En respuesta a interrogantes planteados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en casos que enfrentaban a trabajadores con entidades como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social, el TJUE determinó que la sucesión de contratos temporales a lo largo de varios años puede equipararse a una renovación tácita y automática de los mismos, en virtud del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada.
La interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' sería perjudicial, ya que permitiría la utilización precaria de trabajadores durante períodos extensos, excluyendo a un gran número de relaciones laborales de duración determinada de la protección establecida por la normativa europea. Asimismo, facilitaría la explotación abusiva por parte de los empleadores para cubrir necesidades permanentes de personal.
El TJUE enfatizó que fue la Administración la responsable de no convocar las plazas en tiempo y forma, y recalcó que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid adoptar medidas adecuadas para prevenir el uso abusivo de contratos temporales sucesivos. A pesar de ello, destacó que las razones objetivas, como la igualdad de acceso al empleo público, pueden justificar este tipo de contratos.
En cuanto a la conversión de contratos temporales en fijos, el tribunal europeo expresó que, ante la ausencia de medidas nacionales para prevenir y sancionar los abusos derivados de la sucesión de contratos temporales, esta conversión podría constituir una medida apropiada.
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