El Tribunal de Justicia de la UE declara abusivo el empleo de la temporalidad en los contratos del sector público en España

El Tribunal de Justicia de la UE considera abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España:

En una decisión que podría tener importantes implicaciones para el ámbito laboral en España, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo en el que señala como abusivo el recurso excesivo a la temporalidad en los contratos del sector público en nuestro país. Esta resolución pone de relieve la necesidad de garantizar la estabilidad y seguridad laboral de los trabajadores, así como de combatir la precariedad en el empleo público. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE destaca que el uso indiscriminado de la temporalidad en los contratos del sector público español vulnera los principios de igualdad de trato y no discriminación en el empleo, lo que supone un llamado de atención a las autoridades competentes para revisar sus políticas laborales en aras de promover condiciones laborales más justas y equitativas.

El Tribunal de Justicia de la UE advierte sobre abuso de temporalidad en contratos públicos en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado hoy que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, advirtiendo contra la consecución abusiva de contratos públicos en varias administraciones españolas.

En respuesta a preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TJUE destacó los litigios entre trabajadores y entidades como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

Estos trabajadores han estado laborando durante muchos años con contratos temporales sucesivos, lo que el TJUE considera como contratos de duración determinada por la falta de convocatorias para cubrir esos puestos de forma permanente desde 1994 y 1998 en los casos correspondientes.

El Tribunal destaca que una interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' permitiría emplear a trabajadores de forma precaria durante años, facilitando la utilización abusiva de dichas relaciones por parte de los empleadores para satisfacer necesidades permanentes y estables en materia de personal.

El TJUE subraya que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid tomar medidas apropiadas para evitar la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada, indicando que las medidas para garantizar el acceso al empleo público en condiciones de igualdad, mérito y capacidad justifican esos contratos.

Las plazas ocupadas provisionalmente deben ser convocadas dentro de plazos establecidos para evitar que los trabajadores queden en precariedad, asegurando que las plazas se cubran rápidamente de manera definitiva, según el Tribunal. La conversión de contratos temporales en fijos puede ser una medida adecuada en ausencia de medidas nacionales para prevenir y sancionar los abusos derivados de contratos temporales sucesivos.

Mónica Rodríguez

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