El Tribunal de Justicia de la UE declara abusivo el uso de la temporalidad en contratos del sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo determinante al considerar abusivo el empleo excesivo de la temporalidad en los contratos del sector público en España. Esta decisión, que tiene implicaciones significativas para el mercado laboral y las políticas de contratación en el país, pone de manifiesto la necesidad de revisar y ajustar las prácticas vigentes. El tribunal ha señalado que el uso desproporcionado de la temporalidad en el sector público español no se ajusta a las normativas comunitarias y vulnera los derechos de los trabajadores. Esta sentencia representa un llamado de atención para las autoridades y empresas que deben tomar medidas para garantizar la estabilidad y seguridad laboral de los empleados en el ámbito público.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un dictamen en el cual señala que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, advirtiendo contra la consecución abusiva de contratos públicos en varias administraciones españolas. Esto surge como respuesta a una serie de preguntas planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a litigios entre tres trabajadores y distintas entidades públicas en España, como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social.

Estas personas han trabajado durante muchos años, desde 1994 en dos casos y desde 1998 en el tercero, con contratos temporales sucesivos debido a la falta de convocatorias para cubrir esos puestos de manera permanente. El TJUE, tomando en cuenta el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, considera que esta práctica de sucesivos contratos debe entenderse como de duración determinada, equiparándola a una renovación automática de los mismos.

El Tribunal destaca que una interpretación restrictiva de este concepto permitiría el empleo precario durante años, excluyendo a un gran número de relaciones laborales de la protección de los trabajadores que busca la normativa europea. Además, advierte sobre la posibilidad de una utilización abusiva por parte de los empleadores para satisfacer necesidades estables de personal.

El TJUE resalta que fue la Administración la responsable de no convocar las plazas en tiempo y forma, y señala que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid tomar medidas para evitar el abuso en la utilización de contratos temporales sucesivos. Aunque reconoce la existencia de razones objetivas que justifican este tipo de contratos, también destaca la importancia de establecer plazos para convocar las plazas ocupadas provisionalmente, evitando así la precariedad de los trabajadores.

En ausencia de medidas adecuadas para prevenir o sancionar estos abusos, el TJUE considera que la conversión de contratos temporales en fijos puede constituir una medida apropiada. Esto busca prevenir la utilización sucesiva de contratos temporales como una estrategia para evitar la contratación definitiva de personal.

Mónica Rodríguez

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