Consumo alerta a las inmobiliarias sobre la ilegalidad de cobrar comisión a los interesados en arrendar una vivienda

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un comunicado en el cual advierte a las inmobiliarias sobre la práctica ilegal de cobrar comisión por la gestión a los interesados en arrendar una vivienda. Esta advertencia se basa en la normativa vigente que prohíbe la imposición de costes a los arrendatarios en la intermediación de alquileres. La CNMC destaca que esta práctica atenta contra la libre competencia y vulnera los derechos de los consumidores, por lo que insta a las inmobiliarias a ajustarse a la legalidad vigente. Esta medida busca proteger a los arrendatarios y garantizar un mercado justo y transparente en el sector inmobiliario.

Index

Consumo advierte a inmobiliarias: Es ilegal cobrar comisión por gestión de arrendamientos

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 advirtió este viernes a las inmobiliarias de que es “ilegal” cobrar una comisión por la gestión a las personas interesadas en arrendar una vivienda. Así lo precisó en un comunicado en el que explicó que la Dirección General de Consumo ha iniciado una investigación y ha notificado a “diferentes” mercantiles inmobiliarias dedicadas a la gestión de alquiler de viviendas que “no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos”.

Imagen 0

Inmobiliarias no pueden cobrar comisión a inquilinos por ley, advierte Consumo

Esta unidad ha tenido “conocimiento” de que “ciertas” empresas “habrían obligado a las personas interesadas en arrendar una vivienda a pagar una comisión por la gestión del arrendamiento de la vivienda” y, según el departamento de Pablo Bustinduy, este pago “se trataría de una comisión equivalente a un mes de alquiler de la vivienda más un 21% de IVA”. A este respecto, recordó que se trata de una práctica que “está fuera de la ley, concretamente del artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos llevada a cabo por la disposición final primera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, de derecho a la vivienda”.

“En ella se determina explícitamente que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán a cargo del arrendador”, abundó, al tiempo que indicó que ha informado a estas mercantiles inmobiliarias de que este tipo de cláusulas contractuales o la imposición al arrendatario de cualquier otro cargo “de análoga naturaleza podría, caso de constatarse, ser considerado como abusivo a los efectos del artículo 47.1.j) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios”.

Este tipo de infracción, según el artículo 48.2 de la ley “tiene la calificación de falta grave, llegando a sancionarse con una multa pecuniaria entre 10.001 y 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido”, agregó el gabinete de Bustinduy.

Mónica Rodríguez

Hola, soy Mónica, una apasionada escritora y experta en temas de actualidad de la ciudad de Madrid. Mi pasión por la información veraz y objetiva me ha llevado a formar parte del equipo de La Voz de Madrid, un periódico independiente que se destaca por su compromiso con la verdad y la transparencia en cada noticia que publica.

Mi experiencia en el mundo de la comunicación y mi profundo conocimiento de la realidad madrileña me permiten ofrecer a nuestros lectores análisis profundos y enfoques novedosos sobre los temas que más les interesan. Como colaboradora de La Voz de Madrid, me enorgullece formar parte de un equipo comprometido con la calidad y la excelencia periodística, siempre buscando informar con rigor y ética.

A través de mis artículos y reportajes, busco acercar a nuestros lectores a la realidad de la capital española, proporcionando una mirada fresca y crítica sobre los acontecimientos más relevantes. Estoy encantada de formar parte de este proyecto periodístico que busca informar, educar y entretener a nuestra audiencia. ¡Gracias por seguirnos en La Voz de Madrid!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir