El Tribunal de Justicia de la UE declara inadecuado el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha emitido un fallo que ha sacudido al ámbito laboral en España. En su sentencia, la máxima instancia judicial europea ha calificado como abusivo el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en nuestro país. Esta decisión ha generado un profundo impacto en el panorama laboral, ya que pone en entredicho la práctica extendida de recurrir a contratos temporales de manera recurrente en el sector público español.

### El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) dictamina sobre el uso abusivo de temporalidad en contratos del sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido hoy un pronunciamiento relevante en el que establece que los empleos indefinidos no fijos deben ser considerados como trabajos de duración determinada. No obstante, el TJUE ha advertido sobre la práctica abusiva en la suscripción de contratos públicos en diversas administraciones españolas.

En respuesta a interrogantes planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a disputas entre tres trabajadores y la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid, el TJUE ha fijado su postura.

Estas personas han laborado durante muchos años, desde 1994 en los dos primeros casos y desde 1998 en el tercero, con contratos temporales sucesivos debido a la falta de convocatoria de plazas para ocupar esos puestos de forma permanente. La instancia judicial con sede en Luxemburgo ha interpretado que esta sucesión de contratos debe ser considerada como contratos de duración determinada, al equipararla con una renovación tácita y automática de los mismos.

El TJUE destaca la importancia de una interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' para evitar la utilización precaria de trabajadores durante períodos prolongados, así como para salvaguardar los derechos laborales protegidos por la normativa europea. Asimismo, advierte sobre la posibilidad de un uso abusivo de este tipo de relaciones laborales por parte de empleadores con el objetivo de satisfacer necesidades permanentes y estables de personal.

En este sentido, el Tribunal de Justicia Europeo señala que la responsabilidad recae en la Administración por no haber convocado las plazas en tiempo y forma. Aunque la corte no interviene en la interpretación del Derecho interno, insta al Tribunal Superior de Justicia de Madrid a adoptar medidas que impidan el uso abusivo de contratos temporales sucesivos.

El TJUE reconoce las razones objetivas proporcionadas por las Administraciones y el Gobierno español, como la garantía de acceso al empleo público en igualdad de condiciones, mérito, capacidad y publicidad, como justificación para este tipo de contratos. Sin embargo, destaca la importancia de establecer plazos para la convocatoria de plazas ocupadas de manera provisional, como medida para evitar la precariedad laboral y garantizar la cobertura definitiva de dichos puestos.

Mónica Rodríguez

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