El Tribunal de Justicia de la UE declara que el uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España es abusivo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un fallo crucial que afecta directamente al mercado laboral español. En un pronunciamiento reciente, se ha determinado que el uso excesivo de la temporalidad en los contratos del sector público en España constituye una práctica abusiva. Esta decisión tiene implicaciones significativas en términos de protección de los derechos laborales y la estabilidad de los trabajadores. Se ha destacado que la precariedad laboral generada por esta modalidad contractual no solo vulnera las normativas comunitarias, sino que también afecta negativamente la calidad del empleo y la seguridad laboral en el país. Es evidente que este dictamen marcará un antes y un después en la regulación de las relaciones laborales en el ámbito público, instando a revisar y reformar las políticas vigentes para garantizar un trato justo y equitativo a todos los trabajadores.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea prohíbe abusos en contratos temporales en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un pronunciamiento relevante en el cual establece que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada. No obstante, advierte sobre la consecución abusiva de contratos públicos en varias administraciones españolas.

En respuesta a cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relacionadas con litigios entre trabajadores y la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social, la corte con sede en Luxemburgo se pronunció.

Estos trabajadores desempeñaron sus labores durante muchos años con contratos temporales sucesivos debido a la falta de convocatoria de plazas permanentes. El TJUE considera que esta práctica debe entenderse como contratos de duración determinada, equiparables a una renovación tácita y automática.

Advierte sobre una interpretación restrictiva que permitiría emplear a trabajadores de forma precaria durante períodos extensos, lo cual contravendría la protección de los derechos laborales establecida por la normativa europea. Asimismo, destaca el riesgo de una utilización abusiva por parte de empleadores para cubrir necesidades permanentes con contratos temporales.

El TJUE resalta que la responsabilidad recae en las Administraciones por no convocar las plazas en tiempo y forma, indicando que las medidas para evitar estos abusos deben ser implementadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El tribunal europeo reconoce que garantizar el acceso al empleo público en igualdad de condiciones es una razón objetiva para justificar los contratos temporales. Sin embargo, considera que establecer plazos para la convocatoria de plazas ocupadas provisionalmente es una medida adecuada para evitar la perpetuación de la precariedad laboral.

En ausencia de medidas nacionales efectivas para prevenir y sancionar los abusos en contratos temporales, el TJUE sugiere que la conversión de estos contratos en contratos fijos podría ser una solución viable.

Mónica Rodríguez

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