El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegal el uso excesivo de contratos temporales en el sector público en España

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha emitido un fallo determinante en el caso de los contratos temporales en el sector público en España, declarando abusiva la práctica extendida de la temporalidad laboral en dicho ámbito. Según la sentencia, esta situación vulnera los principios de igualdad de trato y no discriminación recogidos en la normativa comunitaria. La decisión del Tribunal supone un revés para las instituciones españolas, que deberán ajustar sus políticas de contratación para cumplir con las directrices europeas. Este veredicto sienta un precedente significativo en el debate sobre la precariedad laboral y la estabilidad del empleo en el sector público, generando un impacto directo en las condiciones laborales de miles de trabajadores en España.

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TJUE declara abusivo uso de temporalidad en contratos del sector público español

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señaló hoy que los empleos indefinidos no fijos deben considerarse como trabajos de duración determinada, si bien advirtió contra la consecución abusiva de contratos públicos en varias administraciones españolas.

El TJUE respondió así a una serie de preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid relativas a los litigios que oponen a tres trabajadores a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y a la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

Sentencia del TJUE: Empleos temporales sucesivos pueden ser considerados abusivos

Esas personas trabajaron durante muchos años, desde 1994 en los dos primeros casos y desde 1998 en el tercero, con contratos temporales sucesivos porque no se convocaron las plazas para cubrir esos puestos de manera permanente.

La corte con sede en Luxemburgo entiende, en virtud del Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, que esa consecución de contratos debe entenderse como contratos de duración determinada ya que pueden equipararse a una renovación tácita y automática de los mismos.

Tribunal de Justicia de la UE advierte contra contratación temporal abusiva en España

Subraya que una interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' permitiría emplear a trabajadores de forma precaria durante años y podría llevar a excluir un gran número de relaciones laborales de duración determinada de la protección de los trabajadores perseguida por la normativa europea.

El TJUE subraya que fue la Administración la que no convocó las plazas en plazo y forma. La corte de Luxemburgo destaca que no le corresponde al TJUE pronunciarse sobre la interpretación del Derecho interno, sino al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que es el que debe tomar medidas apropiadas para evitar la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada.

Mónica Rodríguez

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