Las multas de velocidad en El Plantío del Ayuntamiento de Madrid son declaradas ilegales por la justicia

En un fallo que ha generado gran repercusión en la ciudad, la justicia ha declarado ilegales las multas de velocidad impuestas en El Plantío por el Ayuntamiento de Madrid. Esta decisión judicial ha provocado un debate sobre la legalidad y forma de aplicación de las sanciones en esta zona residencial de la capital española. Según el tribunal, las multas de tráfico impuestas en El Plantío no cumplían con los requisitos establecidos por la ley, lo que ha llevado a la anulación de las mismas. Esta resolución ha generado incertidumbre entre los conductores afectados y ha puesto en entredicho la gestión de las medidas de control de velocidad en esta zona específica de Madrid. Es probable que este caso siente un precedente en futuras decisiones judiciales relacionadas con las infracciones de tráfico en la ciudad.

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Juzgado de Madrid anula multa de velocidad en El Plantío

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 32 de Madrid ha resuelto favorablemente el recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha anulado la multa de 400 € y la detracción de 4 puntos, que el Ayuntamiento de Madrid le impuso por “sobrepasar la velocidad máxima permitida” en la avenida de la Victoria (antigua carretera de El Plantío), en el distrito de Moncloa-Aravaca.

Sentencia judicial declara ilegales multas por límite de velocidad

El juzgado estimó el recurso interpuesto por los letrados de AEA, demostrando que en dicha vía no existía ninguna “limitación específica a 30 km/h”. La denuncia se basaba en una velocidad superior a la permitida, pero se comprobó que no existía señalización que indicara un límite de 30 km/h, siendo el límite genérico de 50 km/h.

AEA logra anular € y puntos por multa en El Plantío

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) logró demostrar que las multas impuestas en la antigua carretera de El Plantío eran injustas, al no existir señalización específica de límite de velocidad a 30 km/h. La sentencia anuló la sanción de 400 € y 4 puntos, destacando la importancia de respetar la legalidad y la presunción de inocencia en estos casos.

José Ferrer

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