El Tribunal Superior de Bogotá declara inocente a Álvaro Uribe de todas las acusaciones.
El caso penal contra Álvaro Uribe Vélez, quien se convierte en el primer expresidente de Colombia condenado en más de 50 años, ha llegado a su resolución en segunda instancia de manera excepcionalmente rápida. Este martes, el Tribunal Superior de Bogotá ha declarado inocente al destacado líder de la derecha en un proceso que ha conmocionado la política colombiana con sus altibajos durante 13 años. El 1 de agosto, una jueza había impuesto al exmandatario 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de manipulación de testigos y fraude procesal, iniciando su detención inmediata en casa. Sin embargo, solo 20 días después Uribe recuperó su libertad, cuando el mismo Tribunal Superior anuló esta última decisión. Ahora, un panel de tres magistrados lo ha absuelto de los cargos por soborno y fraude procesal.
La presentación del resumen de la sentencia de segunda instancia ocupó toda la mañana del martes, durante la cual los magistrados examinaron minuciosamente los cinco hechos por los que Uribe fue declarado culpable en la primera instancia. La sesión comenzó revisando los tres casos de soborno: el del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, conocido como Víctor; el del testimonio de Eurídice Cortés, alias Diana; y el de la declaración de Juan Guillermo Monsalve. En estos tres casos, encontraron inconsistencias y contradicciones en los testimonios. “No basta con la existencia de una dádiva; debe probarse la intención ilícita”, leyó el magistrado Manuel Merchán al referirse a Monsalve.
Respecto al caso de Vélez, el tribunal determinó que este nunca afirmó que el expresidente tuviera la intención de sobornarlo para modificar su testimonio. El magistrado fue contundente en calificar de “mendacidad” el testimonio y ordenó que se emitieran copias para investigar a Vélez por falso testimonio. Merchán también cuestionó la valoración que hizo la jueza Sandra Heredia, responsable de la condena inicial, y aseveró que en su fallo “introduce hechos ajenos a la acusación, vulnerando el principio de congruencia y el derecho de defensa”.
Entre los argumentos planteados por el Tribunal se encuentra que “el conocimiento de Uribe sobre las acciones de Cadena [su abogado] no constituye por sí solo el delito de soborno”. En cuanto a la relación del expresidente con este abogado, se explicó que Mario Uribe —primo segundo del exmandatario y condenado por sus vínculos con el paramilitarismo— le presentó a su defensor en una reunión en la que no se ha comprobado la comisión de delitos. “No hay evidencia de subordinación funcional ni de que el contrato de mandato penal implicara obediencia penalmente relevante. Las interceptaciones muestran que Cadena informaba sobre gestiones ya realizadas, sin indicios de presión o inducimiento delictivo por parte del acusado”.
Al final de la diligencia, el magistrado fue claro en que “algunos testigos declararon sobre hechos que desconocían, guiados por expectativas de beneficios”. Agregó que esas motivaciones adquieren relevancia dado que Monsalve y Vélez estaban en prisión, con interés en obtener beneficios de la justicia transicional. “La condena otorgó plena credibilidad a testimonios adversos sin evaluar los intereses subyacentes, lo que sugiere un mercado de información”, leyó el magistrado, quien también destacó que era necesario evaluar el interés del senador y precandidato presidencial Iván Cepeda en el desenlace del proceso. “Es un factor que debe considerarse junto con las demás pruebas”.
Después de desvirtuar los tres casos de soborno, el magistrado pasó a los dos hechos de fraude procesal en los cuales la primera instancia determinó que el expresidente intentó alterar el proceso. El primero está relacionado con las gestiones del abogado Cadena para lograr que el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve se retractara de sus declaraciones contra Uribe y afirmara que había sido presionado por el senador Cepeda para realizarlas. El segundo corresponde al testimonio del narcotraficante Juan Carlos El Tuso Sierra, quien también fue contactado por Cadena mientras estaba en prisión en Estados Unidos para que redactara una carta con una declaración favorable a Uribe. En el texto, también exparamilitar niega vínculos del expresidente con el paramilitarismo y acusa a Cepeda de manipulación de testigos. El Tribunal concluyó que en este caso tampoco hay pruebas de que Uribe hubiese cometido el delito, ya que la primera sentencia “debió demostrar si Sierra mintió dolosamente” y que concluyó la responsabilidad del expresidente “únicamente por el beneficio obtenido, sin una prueba robusta de que la idea [de manipular el testimonio] se originara en Álvaro Uribe Vélez”.
Los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, liderados por Manuel Antonio Merchán, indicaron que la sentencia en segunda instancia abarca más de 700 páginas que analizan las evidencias del caso y las consideraciones de la jueza Sandra Heredia al momento de dictar la sentencia de primera instancia. En su revisión, invalidaron las interceptaciones telefónicas que capturaron las comunicaciones de Uribe en 2018. Ese año, la Corte Suprema de Justicia había dado la orden de interceptar al entonces congresista Nilton Córdoba Manyoma en el marco del caso del Cartel de la Toga, pero un supuesto error en la digitación resultó en la escucha de conversaciones de Uribe Vélez.
A pesar de que la jueza Heredia había considerado válidas esas pruebas, el magistrado Merchán advirtió que el tribunal decidió excluirlas. “La interceptación convierte la información obtenida en prueba ilícita, inexistente por nulidad en pleno derecho”, leyó, mientras que la sentencia inicial sostenía que no debían ser excluidas a pesar de haber surgido de un error, ya que, una vez advertido su contenido, la Fiscalía podía utilizarlas al evidenciar posibles hechos delictivos.
Un proceso largo con una última instancia
La resolución en segunda instancia se produce dos meses después de la histórica condena a un exmandatario, quien aún conserva su influencia como líder del principal partido de la derecha. Si anteriormente se vivió como un terremoto político, la sentencia de este martes, en un contexto preelectoral, representa un nuevo giro que ya tiene un precedente. Tras la condena de 12 años de prisión domiciliaria impuesta el 1 de agosto por la jueza Heredia, y en una decisión poco común, se ordenó su cumplimiento inmediato sin esperar el resultado de la apelación presentada por la defensa. El líder conservador presentó una tutela para recuperar su libertad, y la justicia le dio la razón el 19 de agosto, considerando que la detención domiciliaria era “desproporcionada y vulneraba su derecho a la presunción de inocencia”. Esto le otorgó un nuevo margen a Uribe, quien rápidamente reapareció en Antioquia, su departamento natal y bastión electoral, impulsando su campaña presidencial.
Con ese nuevo impulso, el líder del partido Centro Democrático renunció a la prescripción del caso, que hubiese fijado el 15 de octubre como fecha límite para la sentencia de segunda instancia o le habría permitido quedar exonerado. Esta decisión contrasta con lo argumentado por la jueza Heredia, quien lo acusó de emplear tácticas dilatorias y buscar la prescripción para eludir una condena, algo que Uribe y su defensa siempre desmintieron. De cualquier forma, su renuncia extendió el plazo para que el Tribunal tomara una decisión hasta octubre de 2027. No obstante, los magistrados tomaron mucho menos tiempo para resolver el proceso judicial más destacado de las últimas décadas, que ha presentado múltiples giros en los últimos dos meses.
Con esta segunda instancia a su favor, Uribe enfrenta un escenario final en su futuro judicial, que es el recurso de casación, al cual han anunciado que recurrirán las víctimas del proceso. Esto enviará el expediente a la Corte Suprema de Justicia, donde empezó el proceso hace 13 años. Ahí, en 2012, Uribe denunció al senador Iván Cepeda por manipulación de testigos, y seis años después, tras las indagaciones, el alto tribunal archivó el caso contra Cepeda y lo reabrió contra Uribe Vélez. En 2020, el expresidente renunció a su curul en el Senado para evitar ser juzgado por el alto tribunal, pero con el tiempo, su caso penal ha resurgido.


