Los dueños de una o dos propiedades no estarán sujetos a las medidas contra desahucios en el nuevo sistema de protección social | Vivienda | Economía


El Gobierno ha decidido dividir el decreto ómnibus que se descartó recientemente en el Congreso en dos partes. La intención es avanzar con la revalorización de las pensiones, por un lado, y abordar las demás medidas destinadas a preservar el escudo social, por otro. En este segundo bloque se incluyen las medidas relacionadas con la vivienda, aunque con ciertas modificaciones respecto al texto original. Las principales modificaciones fueron anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, tras la finalización del Consejo de Ministros. La más significativa ―prevista previamente por el PNV antes de que finalizara la reunión― consiste en excluir de las medidas antidesahucios a los propietarios que poseen una o dos viviendas. La suspensión del desahucio tampoco se aplicará si el arrendador está en situación de vulnerabilidad.

Con este movimiento, el Ejecutivo busca asegurar el apoyo de los nacionalistas vascos que habían solicitado una excepción para pequeños tenedores de cara a certificar su respaldo. En otras palabras, en esos casos, aunque el inquilino esté en una situación de vulnerabilidad, el propietario no enfrentará la suspensión extraordinaria del desahucio.

El Ministerio de Vivienda argumenta que el nuevo marco mantendrá el escudo que protege a los inquilinos sin alternativas habitacionales que, por razones imprevistas, no pueden cumplir con el pago del alquiler. Esta ha sido una demanda recurrente de diferentes colectivos afectados desde la aprobación original de la moratoria antidesahucios durante la pandemia. La última renovación expiró el 31 de diciembre pasado, y estas organizaciones advierten que 60.000 desalojos podrían reanudarse si no se aplica una nueva prórroga.

El departamento dirigido por Isabel Rodríguez aclara que los propietarios de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) cuyos inquilinos no paguen renta no se verán afectados por la nueva prórroga del escudo social. Además, se indica que corresponderá a los servicios sociales competentes buscar una alternativa habitacional de emergencia. La nueva redacción del texto, por lo tanto, introduce una excepción en la situación que ha prevalecido en los últimos tres años, pero se aplicará únicamente a los pequeños tenedores.

Las personas arrendatarias podrán solicitar la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran su situación de vulnerabilidad, para lo cual se requerirá un informe de los servicios sociales competentes, que identificarán las medidas correspondientes para cada caso. Luego, será un juez quien decida, con toda la documentación presentada, si se ejecuta o no la suspensión del proceso.

Para iniciar este proceso, el arrendador dispondrá de un plazo máximo de diez días para demostrar del mismo modo una situación de vulnerabilidad que anule la paralización del desalojo. Si el arrendador se considera más vulnerable que el arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán implementar las medidas señaladas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia en esta situación.

El apoyo de Junts, en el aire

Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar las tensiones con el PNV y obtener un apoyo explícito para este real decreto por parte de la formación jeltzale, que si bien votó a favor del ómnibus, había expresado críticas por la falta de una salvaguarda en la moratoria, como la que ahora se incluye. Por el momento, no se sabe si este cambio atraerá también a Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas, junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda esperan que así sea.

El nuevo real decreto ―que también incluye otras directrices como la prohibición de corte de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas en las áreas afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales para vehículos eléctricos― establece la extensión por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador sea un gran tenedor. Además, se extiende el plazo de solicitud de compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.

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