Propietarios de una o dos casas no se ven afectados por las medidas contra desahucios en el nuevo escudo social | Vivienda | Economía
El Gobierno ha decidido dividir el decreto ómnibus que cayó recientemente en el Congreso en dos partes, con el objetivo de avanzar en la revalorización de las pensiones por un lado, y en las restantes medidas orientadas a mantener el escudo social por otro. En este segundo apartado se incluyen las relacionadas con la vivienda, aunque con algunas modificaciones respecto al texto original. Las principales fueron anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, tras la reunión del Consejo de Ministros. La más notable ―que ya había sido anticipada por el PNV antes de finalizar la reunión― se refiere a la exclusión de las medidas antidesahucios para los propietarios que tengan una o dos viviendas. Además, la suspensión del desahucio no se aplicará en casos donde el arrendador esté en situación de vulnerabilidad.
Con este gesto, el Ejecutivo busca ganarse el apoyo de los nacionalistas vascos que habían solicitado una excepción para los pequeños tenedores como condición para certificar su respaldo. En otras palabras, en estos casos, a pesar de que el inquilino esté en situación de vulnerabilidad, el propietario no enfrentará la suspensión extraordinaria del desahucio.
El Ministerio de Vivienda argumenta que el nuevo marco mantendrá el escudo que protege a las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, debido a circunstancias imprevistas, no pueden hacer frente al pago del alquiler. Esta demanda ha sido planteada año tras año por diversos colectivos de afectados desde que se aprobó por primera vez la moratoria antidesahucios durante la pandemia. La última renovación venció el pasado 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que 60.000 desalojos podrían reanudarse si no se aplica una nueva prórroga.
El departamento dirigido por Isabel Rodríguez detalla que los propietarios de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) cuyos inquilinos no estén pagando las rentas no serán afectados por la nueva prórroga del escudo social; y se indica que será responsabilidad de los servicios sociales competentes la búsqueda de una alternativa habitacional de emergencia. Así, la nueva redacción del texto introduce una salvedad en la situación que se mantenía en los últimos tres años, aplicándose solo a los pequeños tenedores.
Los arrendatarios podrán obtener la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran su situación de vulnerabilidad, para lo cual se requerirá un informe de los servicios sociales competentes, que identificarán las medidas a implementar en cada caso. Posteriormente, un juez, con toda la documentación presentada, decidirá si procede o no la suspensión del proceso.
Para iniciar esto, el arrendador tendrá un plazo máximo de diez días para demostrar de igual manera una situación de vulnerabilidad que anule la paralización del desalojo. En caso de que se confirme la vulnerabilidad del arrendador por encima de la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán adoptar las medidas indicadas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia en esta situación.
El apoyo de Junts, en el aire
Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar tensiones con el PNV y obtener un apoyo explícito para este real decreto por parte de la formación jeltzale, que aunque votó a favor del ómnibus, expresó fuertes críticas por no incluir una salvaguarda en la moratoria como la que ahora se aplica. Por el momento, se desconoce si este cambio también atraerá a Junts, que, a diferencia del PNV, se opuso al decreto que agrupaba todas las medidas junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda confían en que así sea.
El nuevo real decreto ―que también incorpora otras directrices como la prohibición de corte de suministros esenciales a hogares vulnerables, ayudas en las localidades afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales al coche eléctrico― prevé la extensión por un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Asimismo, se extenderá el plazo de solicitud de compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.



