Los regularizados podrán modificar su nombre y género sin necesidad de presentar antecedentes.
Los inmigrantes regularizados podrán solicitar un cambio de nombre y sexo sin necesidad de presentar antecedentes si se acogen a la ley trans. Los únicos requisitos para hacerlo son ser mayor de 16 años y presentar la solicitud ante el Registro Civil. Además, el Gobierno de Pedro Sánchez ha implementado esto sin desarrollar el texto legal que permite a las personas sin nacionalidad española realizar este cambio, como han indicado los socios del Ejecutivo.
La Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans, conocida como ley trans, establece que «toda persona de nacionalidad española mayor de 16 años» puede solicitar la «rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y adecuación documental». En otras palabras, cambiarse el nombre y el sexo.
La norma también amplía este derecho a las personas extranjeras. En su artículo 50, se menciona que los inmigrantes que «acrediten la imposibilidad legal o de hecho de llevar a cabo la rectificación registral relativa al sexo y, en su caso, al nombre en su país de origen» podrán solicitar «la rectificación de la mención del sexo y el cambio del nombre en los documentos que se les expidan».
Podrán hacerlo siempre que cumplan con «los requisitos de legitimación previstos en esta ley». Es decir, ser mayor de 16 años, pero no es necesario «estar en posesión de la nacionalidad española». En otras palabras, no es preciso ser español para realizar ese cambio registral.
El Gobierno revisará si efectivamente «existen impedimentos legales o de hecho para llevar a cabo dicha rectificación registral» en el país de origen y lo comunicará en un mes.
Esta misma prerrogativa se extiende a quienes ya se han regularizado y «hayan procedido a realizar la rectificación registral correspondiente en su país de origen».
No obstante, para facilitar los cambios registrales de extranjeros, la norma exigía que «habilitará por vía reglamentaria los procedimientos» mencionados en el último artículo. El Ejecutivo tenía un año desde 2023 para completarlo. Sin embargo, según dos preguntas parlamentarias de este mismo mes, no se ha llevado a cabo, una de Sumar y otra del BNG.
A pesar de eso, el Gobierno ha estado realizando estos cambios registrales sin que el reglamento haya entrado en vigor, como se menciona en una respuesta por escrito del pasado noviembre. «En lo que se refiere al cambio de nombre y sexo», resalta el Ejecutivo, «se ha estado realizando, adecuándolo a la rectificación registral correspondiente del país de origen y conforme al documento de identidad expedido por dicho país, sin necesidad de desarrollo reglamentario».
Regularización masiva de inmigrantes
PSOE y Podemos acordaron a finales de enero una regularización masiva de inmigrantes que fue aprobada en el Consejo de Ministros.
La medida está dirigida a quienes residan en España antes del 31 de diciembre de 2025 y, según sus estimaciones, podría resultar en la regularización de más de medio millón de personas. Los beneficiarios deberán demostrar al menos cinco meses de estancia en España, lo cual se puede hacer presentando documentos como el padrón, informes de citas médicas, certificados de asistencia a recursos sociales u otros tales como un contrato de alquiler, justificantes de envíos de dinero o billetes de transporte.
El proceso permitirá que los inmigrantes indocumentados tengan derechos desde el mismo momento de la presentación de la solicitud, ya que se suspenden los procedimientos de retorno o las órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso que recaen sobre la persona. Una vez admitida la solicitud, se concederá una autorización de residencia provisional que permite trabajar legalmente y acceder a otros derechos fundamentales, como la asistencia sanitaria.
Si la resolución es favorable, se otorgará una autorización de residencia por un periodo de un año, al término del cual podrán solicitar una autorización ordinaria conforme al reglamento de extranjería.



