Propietarios de una o dos casas no están obligados a cumplir con las medidas contra desahucios en el nuevo escudo social | Vivienda | Economía


El Gobierno ha optado por dividir el decreto ómnibus que fue rechazado recientemente en el Congreso en dos partes, con el objetivo de avanzar en la revalorización de las pensiones por un lado, y en las demás medidas destinadas a mantener el escudo social por otro. En este segundo grupo se incluyen las relacionadas con la vivienda, aunque con algunas modificaciones respecto al texto original. Las principales han sido anunciadas por la ministra de Seguridad Social y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, este martes, tras finalizar el Consejo de Ministros. La más relevante ―que ya había sido anticipada por el PNV antes de concluir la reunión― se refiere a la exclusión de las medidas antidesahucios para propietarios que cuenten con una o dos viviendas. La suspensión del desahucio tampoco se aplicará si el arrendador está en situación de vulnerabilidad.

Con este movimiento, el Ejecutivo busca el respaldo de los nacionalistas vascos , quienes habían solicitado una excepción para los pequeños tenedores a fin de asegurar su apoyo. Así, en estos casos, incluso si el inquilino está en situación de vulnerabilidad, el propietario no estará obligado a aceptar la suspensión extraordinaria del desalojo.

El Ministerio de Vivienda sostiene que el nuevo marco mantendrá la protección para las personas inquilinas sin alternativa habitacional que, por causas imprevistas, no pueden hacer frente al pago del alquiler. Esta ha sido una demanda constante de distintos colectivos afectados desde que se estableció por primera vez la moratoria antidesahucios durante la pandemia. La última prórroga venció el 31 de diciembre, y estas organizaciones advierten que podrían reanudarse 60.000 desalojos si no se aprueba una nueva extensión.

El departamento liderado por Isabel Rodríguez especifica que los propietarios de una o dos viviendas (o en situación de vulnerabilidad) a quienes sus inquilinos no estén pagando las rentas no se verán afectados por la nueva prórroga del escudo social; y añaden que será responsabilidad de los servicios sociales competentes buscar una alternativa habitacional de emergencia. La nueva redacción del texto introduce, por lo tanto, una excepción dentro de la situación que ha estado vigente en los últimos tres años, aunque aplicará exclusivamente a los pequeños tenedores.

Las personas arrendatarias podrán solicitar la suspensión extraordinaria del desalojo si demuestran que están en situación de vulnerabilidad, para lo cual se requerirá un informe de los servicios sociales competentes, que identificarán las medidas a implementar en cada caso. Posteriormente, será un juez quien, con toda la documentación presentada, determine si se ejecuta la suspensión del proceso o no.

Para iniciar el procedimiento, el arrendador tendrá un plazo máximo de diez días para demostrar también su situación de vulnerabilidad que anule la paralización del desalojo. Si se confirma la vulnerabilidad del arrendador por encima de la del arrendatario, las Administraciones públicas competentes deberán adoptar las medidas señaladas en el informe de servicios sociales para ofrecer una alternativa habitacional a la persona o familia afectada.

El apoyo de Junts, en el aire

Esta modificación del texto original ha permitido al Gobierno de coalición suavizar tensiones con el PNV y conseguir un apoyo explícito por parte de la formación jeltzale, que a pesar de haber votado a favor del ómnibus, fue muy crítica por la falta de una salvaguarda en la moratoria, tal como ahora se incluye. Por el momento, se desconoce si el cambio también ayudará a captar el apoyo de Junts, que, a diferencia del PNV, votó en contra del decreto que agrupaba todas las medidas, junto con el PP, Vox y UPN. Fuentes del Ministerio de Vivienda confían en que así será.

El nuevo real decreto ―que también incluye otras directrices como la prohibición del corte de suministros básicos a hogares vulnerables, ayudas para las poblaciones afectadas por la dana de octubre de 2024 o incentivos fiscales para el coche eléctrico― establece una extensión de un año, hasta el 31 de diciembre de 2026, del plazo para someter a mediación o conciliación los desahucios suspendidos cuando el arrendador es un gran tenedor. Además, se amplía el plazo de solicitud de compensaciones para propietarios y arrendadores hasta el 31 de enero de 2027.

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