Sentenciado a cuatro años de cárcel un hombre por mutilar la cara de su esposa a mordiscos | Noticias de Madrid


“Brutalidad”. Así califica una sentencia lo que un hombre hizo a su esposa durante su proceso de separación en Madrid. El marido le propinó tres mordiscos en la cara, dejando su piel y parte del labio colgando, y luego la atacó con un cuchillo. Los hechos ocurrieron en la casa que compartían, en la que también estaban presentes los padres de ella y sus dos hijos, mayores de edad, quienes acudieron alarmados al escuchar los gritos.

La pareja, originaria de Honduras, llevaba 20 años casada, pero según la mujer, quería separarse. El 8 de septiembre de 2024, como se detalla en el fallo judicial que condena al hombre, comenzaron una discusión en el dormitorio alrededor de las ocho y media de la mañana. Los padres y los hijos de la mujer, alertados por los gritos, entraron en la habitación y encontraron a la mujer con la cara llena de sangre. El marido le había mordido tres veces en la cara, una vez en el labio superior y las otras dos en sus mejillas.

Luego, el agresor fue a la cocina a buscar un cuchillo para continuar atacando a su esposa. El padre de la víctima forcejeó con él, pero el hombre logró soltarse y apuñalarla en la clavícula y el brazo derecho. Afortunadamente, las lesiones fueron superficiales, causando solo dos cortes. Finalmente, el padre y el hijo de la mujer lograron desarmar al acusado.

Los agentes que llegaron al lugar declararon haber encontrado mucha sangre en la escena y a la mujer con “el labio colgando” y la cara “totalmente destrozada”. También afirmaron que, en ese momento, el agresor admitió haberle causado daño porque “no había podido controlarse”. Según su relato, toda la agresión fue “resultado de la bebida”, ya que él “sí estaba de acuerdo con el divorcio” y no intentó matarla, sino asustarla.

La versión de la víctima es muy diferente. Según su testimonio, entró en la habitación a buscar algo y su marido le pidió una última charla sobre su relación. Ella se negó al principio, pero finalmente se sentó a conversar, donde él le anunció que planeaba regresar a Honduras. Ella aceptó, pero se opuso a que llevara con él a sus hijos, mayores de edad, argumentando que había trabajado arduamente para traerlos a España y eso no era justo.

Entonces, él cambió de táctica y le insistió en que volvieran a estar juntos y no siguieran con el divorcio, a lo que ella se negó. “Le dije que me trataba muy mal y que no podíamos seguir”, afirmó la mujer. Luego, él pidió sexo, a lo que también se negó, y ahí comenzó la agresión. La mujer declara que recibió golpes en la cabeza y que temió que su expareja intentara “torcerle el cuello”. Ante el tribunal, indicó que si sus padres no hubieran estado en la casa, probablemente habría sucedido. Ella asegura que su marido profirió amenazas de muerte, mientras que él lo niega.

La fiscalía y la acusación particular solicitaron un delito de homicidio en grado de tentativa, mientras que la defensa del acusado pidió un delito de lesiones.

Dado que nadie presenció que el hombre golpeara a la mujer ni se puede verificar que él emitiera amenazas de muerte, el tribunal considera que no se ha demostrado la intención de acabar con la vida de la víctima. Además, el médico forense no examinó unas heridas en la nuca, ya que ella no lo mencionó, por lo que el tribunal no puede determinar si ocurrieron ese día. El fallo de la Audiencia Provincial de Madrid indica que los testigos presenciales no corroboran que el acusado dijera “la voy a terminar, la voy a matar”, como afirma la víctima. De hecho, la hija de ambos defendió que su padre “adoraba” a su madre y que no dijo nada sobre acabar con su vida porque estaba “muy tomado” y “en silencio”.

La resolución también se fundamenta en los informes forenses que consideran las heridas provocadas por el cuchillo como “superficiales” y que “incluso sin atención médica, no habrían causado la muerte”. “La existencia de un forcejeo entre el acusado y su suegro no permite conocer la dirección inicial del cuchillo, es decir, si la acción estaba dirigida o no hacia un órgano vital”, establece la sentencia.

El fallo judicial toma en cuenta una circunstancia atenuante por el consumo de alcohol. Algunos testigos señalaron que el acusado se había emborrachado desde la tarde anterior en la fiesta de cumpleaños de su nieto, y que, tras esta, continuó bebiendo y debieron llevarlo a casa. Sin embargo, los policías que llegaron esa mañana no notaron signos de embriaguez y afirmaron que les entendía “perfectamente”. Por otra parte, el tribunal le aplica una agravante de parentesco.

La sentencia impone al acusado una pena de cuatro años de prisión debido a “la brutalidad del ataque” y la “perseverancia” en la agresión. Asimismo, establece una orden de alejamiento de un kilómetro y la prohibición de comunicarse con ella durante los próximos siete años.

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