Si alquilas en Madrid, esta es la cantidad máxima que pueden aumentarte al renovar ciertos contratos.


Si resides de alquiler en Madrid y este año debes renovar tu contrato, es fundamental que conozcas que el aumento máximo permitido está sujeto a la nueva Ley de Vivienda y al índice oficial aprobado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Para los contratos firmados después del 26 de mayo de 2023, el propietario solo puede aplicar un incremento limitado al Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), que para septiembre de 2025 es del 2,19 % anual, según los datos oficiales del INE. Así, si tu alquiler es de 1.000 €, el aumento máximo permitido al renovar el contrato sería de 21,90 € mensuales, y no puede exceder este porcentaje en ningún caso.

Cómo se determina el valor del IRAV


Crédito editorial: vali.lung | shutterstock.com

Este valor no depende de la inflación general ni de lo que indiquen los principales portales de precios, ya que la normativa del Gobierno elimina la referencia directa al IPC y establece nuevos topes para evitar aumentos abusivos o especulativos. En años anteriores, el aumento fue del 2 % en 2023 y del 3 % en 2024, pero para 2025 los propietarios deben ajustarse al IRAV mensual publicado oficialmente —que está por debajo del incremento del IPC para ese mes, que alcanza el 2,7 %— y modificar el nuevo precio según este límite.

En los contratos previos al 26 de mayo de 2023, el aumento se sigue calculando basado en el IPC correspondiente o el índice de garantía de competitividad, conforme a lo estipulado en el contrato original. Sin embargo, si no hay una cláusula de actualización en tu contrato, el propietario no podrá incrementar la renta. Cualquier propuesta de aumento debe ser comunicada al inquilino con al menos un mes de antelación; de no hacerlo o si se supera el índice legal permitido, el aumento podría considerarse inválido.

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