Comienza la cuenta regresiva para el «Día D» en el juicio sobre la tasa de residuos.
Al finalizar el verano pasado y con el comienzo del nuevo año laboral, los madrileños se encontraron con una sorpresa poco grata: la llegada del primer recibo de la muy criticada tasa de basuras. En algunos casos, los importes superaban los 200 euros. El Ayuntamiento de la capital ya había anticipado esta situación: una avalancha de recursos por un impuesto que, según el propio Consistorio, fue aprobado «a su pesar». Esta medida, conocida como el «tasazo de Sánchez», se debe a la aplicación de la Ley estatal 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta normativa implica un mandato para todas las entidades locales, que deben establecer un sistema de tributos que cubra el costo de las operaciones de recogida y transporte de residuos. Asimismo, el Gobierno central distorsionó la supuesta «obligatoriedad» de dicho impuesto citando una directiva europea, algo que la propia UE desmintió. Sin embargo, tras su implementación, el impuesto es ahora obligatorio para los ayuntamientos. El de Madrid ha tenido que enfrentar su propia «patata caliente».
Entre los impugnadores de la tasa se encuentra la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). Junto con otros colectivos, impugnaron la legalidad de la tasa en 2025, un proceso que está en fase de conclusiones y cuya sentencia se conocerá pronto. De hecho, si se cumplen los plazos judiciales previstos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se manifestará el próximo 19 de febrero. Es importante destacar que consideran que tienen posibilidades de ganar.
Así lo expone en diálogo con este medio Juan Manuel Herrero de Egaña, vocal del Gabinete de Estudios y Relaciones Institucionales de la Aedaf. «La tasa de basuras se impone por una ley estatal, lo que obligó a los ayuntamientos a instaurarla. Existe una lucha política: el Gobierno central se escudó en una normativa europea, lo cual no es cierto, pero el que la ha implementado es el Ayuntamiento. Y lo ha hecho de manera inadecuada», detalla Herrero de Egaña.
El vocal de la Aedaf admite que los ayuntamientos en general, y el de Madrid en particular, «no lo han tenido fácil: ¿cómo calcular cuántos residuos produce una persona?». Y es aquí donde, según los asesores fiscales, el Consistorio madrileño ha fallado. «Por un lado, llevaron a cabo un cálculo de los residuos generados por barrio y establecieron una unidad. Después, consideraron el valor catastral de la vivienda, que es el dato que más influye en la tasa», señala Herrero de Egaña. «Eso no se alinea con la finalidad de una tasa de residuos. ¿Por qué paga más una vivienda donde vive una persona que aquella donde viven nueve, generando más residuos esta última? ¿Por qué un bar del barrio de Salamanca paga por generar supuestamente más residuos que uno de Carabanchel? ¿De dónde proviene esa asunción? Esto no se corresponde con la finalidad de la tasa, que al final acaba siendo un IBI 2.0», sostiene el vocal, en referencia al impuesto sobre bienes inmuebles, donde el valor catastral de la vivienda es el factor determinante en el cálculo.
Esta es la razón principal por la cual desde Aedaf creen que pueden ganar su recurso. Además, el hecho de que el Ayuntamiento, para el presente 2026, haya modificado la forma de calcular la tasa, demostraría que «no lo ha hecho correctamente». En octubre pasado, el Consistorio anunció que este año introduciría una nueva variable: el número de empadronados en la vivienda. Como reconocía la concejala de Economía y Hacienda del Consistorio, Engracia Hidalgo, «ha resultado ser de gran complejidad técnica y muy pocos ayuntamientos han logrado incluirlo». Así, se establecerán tarifas distribuidas en diez tramos, desde una persona empadronada hasta diez o más. Este cálculo se sumará a los dos ya aplicados en 2025: para la tarifa básica, el valor catastral individual de cada vivienda o local; y para el de generación, la cantidad de residuos generados y el porcentaje de calidad de la separación de cada uno de los 131 barrios de la ciudad, información proporcionada por el Parque Tecnológico de Valdemingómez.
Una decisión que, para la Aedaf, representa un paso en la dirección correcta. «Corrige un poco el rumbo», afirman. Sin embargo, no pueden decir lo mismo respecto al proceder del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM) al resolver las reclamaciones presentadas por los contribuyentes. Según la asociación, estas están siendo «desestimadas en un tiempo récord»: apenas dos meses.
De dos años a dos meses
«Nos parece un movimiento muy desleal», sostiene Herrero de Egaña. «Si revisas la memoria del Tribunal Económico de Madrid, observarás que el tiempo medio para resolver una reclamación es de dos años. De hecho, tienen un atraso de 3.000 o 4.000 reclamaciones pendientes de resolver. Y, sin embargo, con la tasa de basuras, un impuesto que actualmente depende de una sentencia para determinar si está bien o mal aplicado, desestiman las reclamaciones en dos meses». Se estima que en la capital de Madrid se han interpuesto alrededor de 50.000 reclamaciones ciudadanas por el «tasazo».
Desde Aedaf explican que, si el TSJM anula la tasa de 2025, solo podrán recuperarla aquellos que, en el momento del fallo, hayan recurrido ante los tribunales. Este trámite, en caso de querer llevar la contienda a los tribunales, es el siguiente paso una vez desestimada la reclamación por el TEAMM. «Prácticamente nadie va a contratar a un abogado para recuperar un importe de cien euros», concluye Herrero de Egaña. Aunque existe una alternativa: la Ley de Haciendas Locales (artículo 19.2) permite que un fallo declarando la nulidad de la ordenanza beneficie a todos los afectados, sin que sea necesario que cada uno de ellos haya interpuesto recursos judiciales de forma individualizada. En pocos días, tendremos la respuesta.



