El Tribunal de Justicia de la UE declara abusivo el empleo de la temporalidad en los contratos del sector público en España.

En una reciente decisión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un pronunciamiento clave en relación al uso de la temporalidad en los contratos del sector público en España. La sentencia establece que dicho uso podría considerarse abusivo, lo que supone un importante precedente en el ámbito laboral y contractual en el país. Esta resolución pone de manifiesto la necesidad de revisar y modificar las prácticas contractuales en el sector público, con el objetivo de garantizar la estabilidad laboral y la protección de los trabajadores. Las implicaciones de esta decisión podrían tener un impacto significativo en la legislación laboral española y en la forma en que se gestionan los contratos temporales en el ámbito público. Es un paso importante hacia la protección de los derechos laborales en el país.

**El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara abusivo uso de temporalidad en contratos del sector público español**

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió un pronunciamiento relevante hoy, señalando que los empleos indefinidos no fijos en España deben considerarse como trabajos de duración determinada. Sin embargo, advirtió sobre la consecución abusiva de contratos públicos en diversas administraciones del país.

El TJUE respondió a una serie de cuestionamientos planteados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a litigios entre tres trabajadores y entidades como la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social de la Comunidad de Madrid.

Estos empleados han laborado durante un extenso periodo, desde 1994 en dos casos y desde 1998 en el tercero, bajo contratos temporales sucesivos debido a la no convocatoria de plazas para ocupar esos puestos de manera permanente. El TJUE interpreta que esta sucesión de contratos debe considerarse como de duración determinada, equiparándolos a una renovación tácita y automática de los mismos.

El Tribunal de Justicia Europeo resalta la importancia de una interpretación restrictiva del concepto de 'sucesivas relaciones laborales de duración determinada' para evitar emplear a trabajadores de forma precaria por largos periodos, lo cual podría derivar en la exclusión de la protección laboral establecida por la normativa europea. Además, advierte sobre la utilización abusiva de este tipo de contratos para satisfacer necesidades permanentes y estables en materia de personal.

Es relevante mencionar que fue la Administración la responsable de no convocar las plazas en tiempo y forma, situación que el TJUE considera crucial. Asimismo, destaca que corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid adoptar medidas apropiadas para prevenir la utilización abusiva de contratos temporales sucesivos.

El tribunal comunitario señala que, si no existen medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, la conversión de estos en contratos fijos podría constituir una solución. En este sentido, subraya la importancia de convocar las plazas ocupadas provisionalmente dentro de los plazos establecidos para evitar la perpetuación de la precariedad laboral.

Mónica Rodríguez

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